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La Comisión Especial de Reclusorios de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México busca que más internos cumplan su sentencia fuera de la cárcel pero supervisados con la portación de brazaletes electrónicos.

Rebeca Peralta, presidenta de la comisión, aclaró que esta flexibilización en penas penitenciarias no aplicaría a sentenciados por homicidio, secuestro, tráfico de menores, violación, incesto, corrupción de personas menores de edad, turismo sexual, pornografía, lenocinio, robo, extorsión, asociación delictuosa, delincuencia organizada y tortura.

Argumentó que el beneficio de la Reclusión Domiciliaria mediante Monitoreo Electrónico a Distancia está contemplado en la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Reinserción Social para la Ciudad de México.

Además de que corresponderá al sentenciado cubrir el costo del brazalete, mismo que actualmente cuesta 71 mil 340 pesos y se otorga mediante la garantía de una fianza de entre 20 y 25 mil pesos depositada en el juzgado.

Entre las ventajas del uso del brazalete electrónico, según la asambleísta del Partido de la Revolución Democrática (PRD), se encuentra la disminución del hacinamiento —según datos oficiales, al 19 de agosto de 2016 se tenían en las cárceles capitalinas 33 mil 389 reos—, se generaría un ahorro en el gasto público destinado a comida, vestido, educación y esparcimiento para el recluso.

Además, dijo, que se evitaría cualquier tipo de riñas o disturbios en las cárceles e incluso ayudaría a la reinserción social.

“Desde hace años el uso de esta herramienta tecnológica se ha convertido en una alternativa al encarcelamiento y actualmente sólo 11 prisioneros tienen brazaletes activados, dentro de un rango de distancia, en sus hogares. Un equipo de cinco profesionistas monitorean, desde el penal de Santa Martha Acatitla, vía satelital las 24 horas del día para conocer el sitio en que se encuentra el reo”, indicó.

La presidenta de la Comisión Especial de Reclusorios recordó que desde 2006 y a la fecha se han entregado un total de 436 brazaletes electrónicos, de los cuales 416 se destinaron a hombres y otros 20 a mujeres.

“En febrero de 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró válido que las internas y los internos que compurguen una sentencia y quieran gozar del beneficio de la prisión domiciliaria deben pagar el costo del brazalete electrónico, con el cual se les mantendrá monitoreados”, insistió.

Condiciones. Rebeca Peralta indicó que el artículo 31 de la Ley de Ejecución de Sanciones penales y Reinserción Social establece los requisitos para otorgar la prisión domiciliaria, entre los que se encuentran ser primodelincuente.

Además, que la pena privativa de libertad sea mayor de cinco y menor de 10 años en prisión; que le falten por lo menos dos años para obtener el beneficio de tratamiento preliberacional; y cubra la totalidad de la reparación del daño.

En la actualidad, países como Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Uruguay, Portugal, Suecia y Estados Unidos han experimentado un uso adecuado y sostenible de los brazaletes electrónicos.

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