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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un doble revés a Morena: las impugnaciones que interpuso en contra de la reforma política y el Reglamento de Tránsito fueron desechadas por el pleno.

El partido liderado por Andrés Manuel López Obrador interpuso una acción de inconstitucionalidad número 17/2016, la cual fue desechada por los ministros bajo el argumento de que el acto a impugnar era el proceso por el cual se realizó la reforma y no a la reforma en sí.

Durante la sesión, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena dijo que su voto fue en contra de la impugnación debido a que “no existe una razón para el desechamiento manifiesto e indudable; me parece que queda más claro este asunto donde existe no sólo una impugnación en cuanto a la constitucionalidad de la reforma en sí, sino al proceso por el cual se llevó a cabo la reforma”.

El ministro José Ramón Cossío coincidió al señalar que este caso “tiene la particularidad de que se están impugnando las condiciones del proceso legislativo (…), se está impugnando el hecho de que hay violaciones del procedimiento”.

La acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma política también fue promovida por Movimiento Ciudadano. Ambos recursos fueron desechados por mayoría de ocho votos.

Reglamento. En otro proceso, Morena promovió el juicio de amparo 103/2016 con el respaldo de 22 mil personas, ante el Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, en contra del Reglamento de Tránsito.

Sobre este caso se encontró, al momento de ratificar las firmas, que en algunos casos los nombres no contaban con rúbrica o sólo tenían el signo “X”, otros era ilegibles e incluso había líneas en blanco. Además, sólo 400 personas se presentaron ante el juzgado para ratificar sus firmas, por lo que el juzgado resolvió desechar de manera definitiva el amparo.

La Consejería Jurídica y de Servicios Legales reconoció las resoluciones de la Corte, con lo cual destacó los actos de incosntitucionalidad en contra de la reforma política de la Ciudad de México.

En el caso del Reglamento de Tránsito, además de las inconsistencias en las firmas, el juez consideró que los planteamientos de la queja carecen de sustento.

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