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Las 267 colonias que reciben agua por tandeo en la Ciudad de México pagarán una cuota fija por el servicio.

La Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, a través de la Gaceta Oficial, publicó el listado de colonias que recibirán el beneficio fiscal de cuota fija para el pago del suministro de agua por tandeo en el que se incluyen 10 de las 16 demarcaciones.

La resolución enlista a 267 colonias ubicadas en las delegaciones Álvaro Obregón, Coyoacán, Cuajimalpa, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan y Xochimilco.

En la publicación se indica que aunque el “gobierno ha procurado regularizar el servicio de suministro de agua en las distintas áreas que conforman el territorio de la Ciudad de México, a la fecha existen algunas colonias que reciben el líquido a través de tandeo”.

Detalló que la cuota fija será aplicable en tanto se regulariza el suministro y el monto corresponderá a lo establecido en el artículo 172 del Código Fiscal local, el cual indica que de acuerdo con la clasificación de la manzana en la que se ubique el inmueble que tenga instalada una toma de agua los costos bimestrales son de 93.74 en zona popular; 148.60 en baja; 375.94 media y 643.45 para zonas con poder adquisitivo alto.

El beneficio fiscal fijo será aplicable por cada toma con la que cuente el inmueble y no será necesaria la instalación ni la compra de medidores.

En cuanto a la distribución de la medida, en la delegación Álvaro Obregón serán beneficiadas nueve colonias; cuatro en Coyoacán; 14 en Cuajumalpa; 24 en Gustavo A. Madero; 54 en Iztapalapa; 27 en Magdalena Contreras; ocho colonias en Milpa Alta; 18 en Tláhuac; 91 en Tlalpan y 16 en Xochimilco.

De acuerdo con lo publicado en Gaceta Oficial, para acceder a la cuota fija el Sistema de Aguas de la Ciudad de México (Sacmex) hará una verificación previa y efectuará los descargos en los registros fiscales respectivos, sin necesidad de que el usuario tenga que solicitarlo.

La resolución no otorgará a los contribuyentes el derecho a devolución o compensación y la interpretación de la misma para efectos administrativos y fiscales corresponderá a la Secretaría de Finanzas.

La medida deroga a la publicada en abril del año pasado y el beneficio será aplicable desde el primer bimestre de 2016.

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