No es la primera vez que escribo sobre candidaturas independientes, y estoy segura que no será la última vez. Pero lo que sí es un hecho, es que se confirma mi hipótesis de que en México legislamos muy mal, cuando nos lo proponemos. Y cada vez es más seguido, porque se anteponen intereses distintos a los de la Nación, y agendas personales.

El llamado “pacto político”, llevó al Congreso a legislar al vapor en materia electoral, atendiendo a agendas que lo último que les importaba era el fortalecimiento de la democracia México. Un ejemplo de ello son las candidaturas independientes. El derecho se reconoció, para alcanzar el estándar internacional, pero la reglamentación en las leyes generales y locales, que prevén los requisitos y formas para su materialización, son una locura, tanto a nivel federal como local. Varias declaraciones de inconstitucionalidad e inconvencionalidad resolvieron en los años pasados, tanto la Suprema Corte como la anterior integración del Tribunal Electoral.

En primer lugar, hay que señalar lo obvio. Las candidaturas independientes, si bien reconocieron el derecho a participar fuera de los canales convencionales, tienen un vicio de origen. Los partidos políticos, a través de sus representantes en el Congreso, al aprobar las normas que regulan esta figura, impusieron candados excesivos a quienes “osaran” a ser sus rivales por el voto popular. A partir de ello, fue responsabilidad de aspirantes y autoridades cumplirlas y hacerlas cumplir.

Probado en el pasado (CDMX) que las copias de credencial no funcionaron (rebasado INE-IEDF-Candidaturas), entonces el INE apostó por el uso de la tecnología para procesar los apoyos ciudadanos que exige el modelo, para tener la posibilidad de que las y los independientes llegaran a la boleta. El resultado es, a todas luces, positivo. El sistema y su App permitieron registrar más de 13 millones de apoyos recibidos para cargos federales y locales. Y, quizá más relevante, logró distinguir de forma clara los apoyos auténticos de las irregularidades.

Lo anterior es relevante, pues el modelo implica la tutela de la garantía fundamental de participación política. El derecho a ser electa/o y el derecho de la ciudadanía a apoyar o no a quienes buscaban aparecer en la boleta. De ahí el reto para el INE de poder distinguir los apoyos legítimos de cualquier irregularidad que suplantara la voluntad de las y los ciudadanos a brindar su apoyo de manera libre.

Pasado el período para recabar firmas, el Consejo General determinó registrar como única candidata independiente a Margarita Zavala. Frente a esta decisión resaltan las sentencias del pasado lunes a las impugnaciones hechas valer por los aspirantes Rodríguez Calderón y Ríos Piter.

En el caso de Jaime Rodríguez, a quien el Tribunal Electoral -en votación de 4/3- ordenó incluir en la boleta. Sorprende la posición mayoritaria. En primer lugar, cómo pueden afirmar qué se incumplió la garantía de audiencia?, siendo que el aspirante acudió en 12 ocasiones al INE a ejercer este derecho -como señalaron los tres magistrados en la minoría-. En segundo lugar, si es que existió una violación a esa garantía, ¿por qué el efecto de la sentencia no fue vincular al INE que le permitiera nuevamente revisar las inconsistencias? y, en cambio, se optó por ordenar su registro, sin tener elementos para comprobar que cumplió con los apoyos suficientes requeridos por la ley. El INE tiene las evidencias de que no fue así.

El segundo caso es todavía más desconcertante. El del Senador Rios Piter. El INE detectó que de los 1.76 millones de apoyos que envió, más de un millón quinientos mil no fueron válidos, incluyendo 811 simulaciones de credencial (datos de ciudadanos incrustados en plantillas que asemejaban una credencial para votar con fotografía). Mientras que Margarita Zavala acudió 11 veces a revisar sus firmas y Jaime Rodríguez se presentó en 12 ocasiones, Rios Piter renunció a ejercer su garantía constitucional. No obstante, la mayoría del Tribunal señaló que se violó el derecho de audiencia, mismo que pudo y fue ejercido adecuadamente por los otros aspirantes. Además que él declinó.

No obstante, la sentencia permitirá que el Senador acuda a defender los apoyos que envió. Es una oportunidad valiosa que podría zanjar las diferencias entre el aspirante y el INE. Ojalá no recurra a cortinas de humo como “que la autoridad habría reemplazado más de un millón de apoyos para perjudicarlo”. Recordemos que el INE y Registro Federal de Electores ha resguardado de forma impecable la mayor base de datos que tiene el país. Quien cuestione el profesionalismo y la probidad del guardián del listado nominal, tiene una responsabilidad mayúscula, pues todos los días se somete a auditorias que acreditan su desempeño.

Es de la mayor relevancia que quienes aparezcan en la boleta por la vía independiente acrediten que cuentan con un respaldo libre y auténtico de la ciudadanía. No puede haber mayor riesgo para este positivo método de participación política, que legislen para que no se permitan en los hechos, o que se ordene su registro sin que cumplan con la ley. Por estas conductas, me cuesta trabajo sostener que México es una democracia estable.

Investigadora invitada. Escuela de Derecho de Harvard. Fundación Kofi Annan. UNAM-Boston

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