Luis Raúl González Pérez

Acuerdos, migración y derechos humanos

10/06/2019 |02:29
Redacción El Universal
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La grave problemática que nuestro país enfrenta en materia migratoria, lejos de resolverse como resultado de las negociaciones llevadas a cabo entre México y los Estados Unidos de América, ha entrado en una nueva etapa en la que potencialmente pueden presentarse más y mayores violaciones a los derechos humanos, tanto de las personas migrantes como de las y los mexicanos que habiten en los lugares por donde transiten o permanezcan. De la información que se ha hecho pública, varios puntos de los acuerdos alcanzados entre los dos gobiernos deberían propiciar una reflexión más profunda para emprender acciones inmediatas que prevengan el que se vulnere la dignidad de las personas.

Es evidente la necesidad de que nuestro país defina una verdadera política migratoria, que se fortalezca el marco normativo que la sustente, así como la infraestructura administrativa y los recursos necesarios para que efectivamente sea operativa. En menos de seis meses, distintas autoridades han anunciado y emprendido acciones vinculadas al ámbito migratorio, bajo supuestos tan diversos como la llamada “política de brazos abiertos” o la movilización de efectivos de la Guardia Nacional a la frontera sur. La indefinición de la política migratoria genera incertidumbre, tanto en las personas que migran como entre la sociedad y las autoridades mexicanas, en tanto no quedan claros los derechos y deberes de cada quien, así como el sentido y términos en que debe darse la actuación institucional.

El despliegue de la Guardia Nacional en la frontera sur difícilmente resultará exitoso y, por el contrario, podría propiciar que se vulneren los derechos de las personas, si no se definen objetivos claros para su presencia, se acota el alcance de su intervención, y se establezcan protocolos de actuación y mecanismos de coordinación con las autoridades migratorias, que reduzcan la posibilidad de acciones discrecionales y arbitrarias. Lo anterior, requiere la aplicación efectiva de un marco jurídico que precise, sin ambigüedades, los supuestos bajo los cuales una persona puede ingresar como migrante a México, los requisitos que debe cumplir para ello, las condiciones a las que debe sujetarse durante su estancia, las garantías con las que cuenta, así como los términos bajo los cuales pueden y deben actuar las autoridades, ante alguna irregularidad o incumplimiento a las normas, sin violentar derechos humanos.

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Sin una política definida y un marco normativo adecuado, el papel de las autoridades se debilita, la condición de vulnerabilidad de las personas migrantes crece, y el riesgo de que se afecten derechos de terceras personas aumenta.

Por otra parte, más allá de las consideraciones que podrían hacerse sobre su pertinencia, la condición que aceptó México para que las personas solicitantes de asilo en los Estados Unidos de América, sean regresadas de manera inmediata a México y tengan derecho a permanecer aquí hasta que se resuelvan sus solicitudes migratorias, genera diversos retos jurídicos, administrativos y presupuestales para su implementación, tales como garantizar condiciones dignas y debidas de permanencia a quienes sean regresados, prevenir que su tránsito o estancia vulnere los derechos de las personas que habitan en los lugares donde permanezcan, así como establecer, bajo una perspectiva humanitaria, cuál será el destino o las opciones que México presentará a aquellas personas cuya solicitud sea rechazada. El aducir razones humanitarias extraordinarias para pretender resolver todos estos puntos, deja de ser un sustento único para la actuación de las autoridades cuando, en realidad se trata, de condiciones y procedimientos oficialmente aceptados y reconocidos por el Estado mexicano.

Si económicamente el resultado de las negociaciones con el gobierno estadounidense se considera benéfico, el sentido de sus repercusiones para los derechos humanos, en el ámbito migratorio, está aún por definirse.

Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos (CNDH).