El presidente López Obrador acaba de declarar que en seis meses estará andando su gobierno. Después de los nombramientos, la aprobación del Presupuesto de Egresos y de diversas leyes, de recortes, arrancones y frenazos, tranquiliza saber de la intención de darle orden y rumbo a la acción pública. La nueva preocupación radica en saber cómo se definirán las directrices más allá de las conferencias matutinas.
En estos días, supongo, el gobierno federal trabaja en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo que regirá la acción estatal y social en lo que resta del sexenio. Me imagino que las promesas de campaña y los compromisos asumidos por el Presidente quedarán plasmados en ese documento. Sería lamentable que no se esté trabajando en el Plan o que se haga con descuido e improvisación. Además de incumplirse una obligación, se perdería la oportunidad de definir y plasmar lo que se quiere hacer con el Gobierno Federal, cómo quiere convenirse con las entidades federativas y sus municipios o ayuntamientos, y cómo se pretenden generar sinergias con los sectores social y privado para concurrir, todos, al desarrollo nacional.
Al reformarse en 1983 el artículo 26 constitucional se estableció el Sistema Nacional de Planeación Democrática. Éste se define como el medio para ordenar racional y sistemáticamente las acciones del Ejecutivo Federal y su Administración a fin de regular y promover la actividad económica, social, política, cultural, de protección al ambiente, aprovechamiento de los recursos naturales, ordenación de los asentamientos humanos y desarrollo urbano, para transformar la realidad del país de conformidad con la Constitución y las leyes. La función del Sistema es crear el Plan Nacional de Desarrollo y los correspondientes programas, los cuales serán obligatorios para la Federación, coordinados con las entidades federativas y concertados con los restantes sectores.
Mediante la planeación se busca fijar objetivos, estrategias y prioridades, asignar recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución y evaluar resultados. Conforme al Plan Nacional, el Presidente debe informar de la situación de la Administración Pública y señalar la relación existente en los proyectos de iniciativas de leyes y los reglamentos, decretos y acuerdos que formule. A su vez, con base en ellos, el Congreso de la Unión deberá discutir y aprobar el Presupuesto de Egresos, la Ley de Ingresos y la Cuenta Pública.
Para hacer del Plan el programa de trabajo del periodo presidencial, en la Ley de Planeación se estableció que el proyecto debería someterse a la aprobación de la Cámara de Diputados a más tardar el último día hábil del mes de febrero del año siguiente al de la elección. También, se dispuso que para la elaboración, actualización y ejecución del Plan y los programas, se consultaría a las organizaciones representativas de los obreros, campesinos, grupos populares, empresarios, profesionales, instituciones académicas y comunidades indígenas. A la Cámara de Diputados se le otorgó un plazo de dos meses para la aprobación, condicionada a la inclusión del proyecto nacional contenido en la Constitución.
Si, como repetidamente lo ha dicho, el presidente López Obrador va a respetar cabalmente la Constitución y las leyes, pronto presentará a la Cámara de Diputados el proyecto de Plan Nacional de Desarrollo. Creo que si lo formula con cuidado, contará con una hoja de ruta que además de obligatoria, le dará coherencia a la acción administrativa por realizar. Si lo logra, la energía desplegada desde temprana hora habrá de racionalizarse. La función presidencial consistiría en verificar el cumplimiento puntual de las obligaciones asumidas en el Plan y los programas mediante un proceso democrático, legitimado por la participación del jefe de gobierno de nuestro país, por los foros públicos convocados y por la actuación de los diputados federales.
Ministro en retiro. Miembro de El Colegio
Nacional. Twitter: @JRCossio