¿Qué se puede decir de un proyecto de ley que no busca la justicia, sino dotar a las autoridades de la CDMX de “legalidad” aparente para confiscar todo tipo de bienes inmuebles?
No hay tremendismo alguno en esta denuncia y alerta, la segunda en menos de 200 días, contra otro proyecto legislativo contrario no sólo a la Constitución (en sus artículos 1, 14, 16, 22, 73 entre otros), sino que —de ser aprobada y promulgada— puede llevar al “infractor” (no delincuente) a que le clausuren cualquier obra en su casa, departamento, comercio o local, sin poder seguir habitándolo, construyendo o funcionando, aun si la autoridad comete un atropello o incurre en error. La propiedad habrá pasado en favor del gobierno mediante un procedimiento simple: la extinción de dominio, que puede aplicarse sin que exista delito.
El que quebrante o le quebranten un sello de clausura, será tratado como delincuente de crimen organizado, enfrentando penalidades entre 2 y 8 años de prisión y de 5 a 12 años, si se afectan barrancas, áreas verdes, suelos de conservación etc. El artículo 4 Bis de la iniciativa de Ley de Extinción de Dominio de la CDMX, se propone como sigue: “La extinción de dominio procederá sobre bienes inmuebles en los que se cometa el delito de quebrantamiento de sellos, sin perjuicio de que solamente una parte del bien inmueble haya sido objeto de ampliación, modificación, construcción, demolición, explotación o uso. En el caso de quebrantamiento de sellos de anuncios, la extinción de dominio procederá sobre el inmueble en el que se encuentre instalado o sportado (sic) el anuncio.” Fue presentada el 2 de julio al Congreso de la Ciudad de México como iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano, el Código Penal local y la Ley de Extinción de dominio para la Ciudad de México.
La redacción es contundente. Todos somos víctimas potenciales de esta iniciativa por cualquier infracción cierta o falsa de reglamentos que pueden ir desde la construcción, comercio, industria, anuncios, hasta basura o medio ambiente. Es una forma de relación confiscatoria de las autoridades de la ciudad con los habitantes. Obligaría a volvernos custodios de los sellos oficiales o inspectores de los inquilinos sin tener facultades para ello, pues éstas corresponden a las autoridades.
¿Tenemos autoridades e inspectores incorruptibles, conocedores de la materia y de las regulaciones? ¿Suelen estar dispuestos a cumplir y hacer cumplir la ley y sus reglamentos? La respuesta es muchas veces no. ¿Esos servidores públicos podrán iniciar y determinar acciones que conlleven a la pérdida de la libertad? ¿Podrán iniciar procedimientos y acciones enfocados a la extinción de dominio y a que cualquier particular pierda la propiedad de un inmueble incluso la de su propia vivienda?
El obús legislativo parece estar dirigido a desarrolladores. Pero si el arrendatario de un inmueble infringe algún reglamento, el propietario o arrendador del bien, será sujeto a sancionar y perderá incluso la propiedad. Así está redactada la iniciativa claramente inconstitucional y confiscatoria.
La extinción de dominio es una medida extrema prevista en sus orígenes para enfrentar casos o situaciones criminales extremas propias de la delincuencia organizada. A partir de 2009 se extendieron sus alcances a muchos otros delitos haciendo posible la afectación de todos los bienes, producto de la peor delincuencia criminal.
La autoridad de la CDMX considera que es correcto, justo, y proporcional a la falta, sancionar con extinción de dominio y cárcel la destrucción de sellos en las construcciones. Eso, en una ciudad donde grafiteros, provocadores, inspectores, competidores comerciales o el efecto de la lluvia o el tránsito peatonal pueden dañarlos o incluso retirarlos. No hay gradualidad, sólo responsabilidades y medidas extremas para cualquier propietario.
Así de grave es este nuevo proyecto que propone se utilice una ley de excepción contra particulares que incurran en violaciones de reglamentos en la CDMX.
En el furor legislativo característico de estos tiempos los ciudadanos agradeceríamos más una iniciativa que castigue a los políticos corruptos que cometen o intentan cometer desmanes con el uso del presupuesto público. Es tiempo de que comiencen a sufrir las consecuencias de una ley draconiana como la comentada y no que sigan enderezando sus baterías contra los ciudadanos. Que la extinción de dominio se aplique a los políticos locales o federales que no pueden demostrar el origen legítimo de sus bienes, de sus cónyuges, sus ascendientes y descendientes o de las empresas o fideicomisos de los que sean beneficiarios. Abundan políticos que disfrutan de patrimonios ajenos al trabajo y que son producto de la corrupción, políticos que nunca han trabajado y viven como reyes.
Que los diputados revisen la cantidad de clausuras arbitrarias o suspensiones que por motivo de corrupción generan y aplican las alcaldías, el Invea, la Procuraduría Ambiental y de Ordenación Territorial basadas en la exigencia de documentos que no son necesarios según la propia ley, o por otras formas del abuso como las clausuras sin respetar las formas del debido proceso. Que se aplique también la ley por desviar de esos modos el ejercicio de la autoridad. Seguramente la ciudadanía aplaudirá esas medidas.
Esta Ley no anda en busca de la justicia, sino en busca de víctimas a quienes decomisar o expropiar sus inmuebles. Es tiempo aún para evitar otra nueva desmesura.
Exprocurador General de la República