El pasado 6 de septiembre, se publicó en la Gaceta del Senado la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se Reforman los Artículos 1, 4, 9 y 12 y se Deroga el Capítulo II “Participación de Inversión Privada y Social en Obras Hidráulicas Federales” de la Ley de Aguas Nacionales por el que se Prohíbe la Privatización del Servicio de Agua Potable, a cargo del senador Martí Batres Guadarrama, del grupo parlamentario del partido Morena y actual presidente del Senado.
Si bien la Iniciativa pretende revertir la participación de particulares en la prestación del servicio público de agua potable y saneamiento y con ello garantizar la asequibilidad que caracteriza al derecho humano al agua, es una propuesta que presenta problemas de constitucionalidad y cuyo efecto práctico puede dejar en estado de indefensión a gran cantidad de usuarios del agua.
Ello es así en tanto que el texto propuesto de un plumazo borra la facultad constitucional del Ejecutivo para otorgar concesiones; así las cosas, al eliminar esta facultad, no podrían tener acceso al agua campesinos, industrias, pescadores y las personas cuya actividad depende del agua.
Y es que cabe recordar que por efectos del Artículo 27 constitucional, la concesión es el instrumento previsto para el uso y aprovechamiento de las aguas nacionales, de forma que no se está atendiendo el problema que la iniciativa pretende atacar. Es de resaltar que hoy el procedimiento para otorgar concesiones presenta gran cantidad de retos, pues no permite la distribución equitativa del agua y lejos está de cumplirse cabalmente con las obligaciones derivadas de cada título de concesión, razón por la cual sería ideal revisar este procedimiento a la luz del cumplimiento de los requisitos del derecho humano al agua y del derecho al medio ambiente sano, aspecto que no es abordado por la iniciativa que comento y que representa un gran pendiente dentro de la gestión hídrica.
Por otro lado, esta Iniciativa propone garantizar el cumplimiento del derecho humano al agua a través de la mención de este derecho en el objeto de la Ley de Aguas Nacionales; dicha mención no resuelve la debida implementación de este derecho, pues éste debe ser el eje rector de toda la ley y en ese sentido la misma Constitución mandata la publicación de una Ley General de Aguas, gran pendiente del Congreso de la Unión y cuya omisión data de 5 años.
Asimismo, la propuesta pugna por la gestión pública del agua vía la prohibición expresa a los particulares para realizar actos de administración y comercialización del servicio de agua potable. Al respecto, es importante recordar que el servicio de agua potable es facultad municipal y, por lo tanto, su regulación depende de las leyes locales y estatales, de forma que la propuesta es inconstitucional y escapa del objeto de la Ley de Aguas Nacionales; de igual manera, existen redes de agua potable y saneamiento hechas por los gobiernos locales y estatales cuya construcción no tiene relación con la Federación.
En resumen, si bien la iniciativa pone en el centro de la discusión la forma en que se está haciendo la gestión del agua, es importante hacerlo de forma que lo propuesto solucione efectivamente al problema identificado y más que hacer cambios cuya constitucionalidad está en duda, es fundamental trabajar en un proceso participativo con miras a publicar la Ley General de Aguas, instrumento que precisamente ha de establecer la forma en que cada orden de gobierno debe hacer frente a su obligación constitucional de lograr el cumplimiento del derecho humano al agua y el derecho humano al medio ambiente sano, al tiempo de mejorar el procedimiento de otorgamiento de concesiones.
Habiendo hecho las observaciones anteriores, se espera que la Iniciativa que comento sufra las adecuaciones respectivas y evite tener problemas de constitucionalidad, ya que de lo contrario en su oportunidad la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) podría tener la última palabra al respecto y dar marcha atrás, un revés que seguramente el Grupo Parlamentario de Morena no quisiera tener.
Gustavo Alanís Ortega es presidente del CEMDA.
Anaid Velasco es coordinadora del Área de Investigación del CEMDA