La reforma electoral de Jalisco impulsada por el diputado independiente, Pedro Kumamoto, conocida como #SinVotoNoHay modifica la fórmula para la asignación de recursos estatales para los órganos electorales. Pero, ¿cómo funciona la nueva fórmula?

¿Qué es la iniciativa #SinVotoNoHayDinero?

Es la modificación de la fórmula con la que se destinan recursos estatales de Jalisco para los partidos políticos con registro federal impulsada por Pedro Kumamoto.

¿Quién es Pedro Kumamoto?

El joven de 27 años es licenciado en Gestión Cultura por el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO). Es el primer candidato independiente en ganar un puesto de representación popular en Jalisco.

Realizó su campaña con los 18 mil 600 pesos que le entregó el estado y donaciones. Es impulsor de la participación ciudadana y la transparencia en México.

¿Qué implica la iniciativa?

Modificar el financiamiento de los órganos políticos. Los partidos reciben recursos federales, que aparecen en el Prepuesto de Egresos de la federación, y recursos estatales, que se etiquetan en los Presupuestos de cada entidad.

Es decir, tienen dos fuentes de ingresos.

¿Cuántos tipos de registro para partidos existen?

Existen partidos con registros nacional: PRI, PAN, PRD, del Trabajo, Morena, Movimiento Ciudadano, Verde Ecologista de México, Encuentro Social y Nueva Alianza.

Y partidos con registro estatal en 15 entidades del país.

¿Jalisco tiene partidos con registro estatal?

No.

Las entidades con partidos con registro estatal son Coahuila con 6; Baja California, 4; Oaxaca, 3; Baja California Sur, Puebla y Veracruz con 2, respectivamente; Chiapas, Durango, Morelos, Nayarit, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa y Tlaxcala, todos con uno, respectivamente.

¿La iniciativa afectaría a los partidos estatales?

Ningún partido con registro local se vería afectado porque ningún Congreso local está facultado para modificar el financiamiento público de esos órganos políticos.

Las modificaciones se centran en la fórmula de asignación de recursos a partidos con registro federal, en la cual, cada entidad tiene una propia, es decir, Nuevo León tiene una, Colima otra, y así sucesivamente.

¿Cuál es patrón electoral actual?

Al 2015, fecha de las últimas elecciones era de casi 88 millones: había 87,244,921 personas en el listado nominal.

¿Cómo se calculan los recursos que se asignan?

Hasta antes de la reforma implementada en Jalisco, la fórmula era multiplicar el 60% del valor de una UMA (Unidad de Médica y Actualización) por el número de personas registradas en el padrón electoral.

Con el cambio, se le otorgará a cada partido en un año electoral el 65% de la UMA multiplicado por el número de votos válidos recibidos en la elección inmediata previa y el 20% de la UMA multiplicado por la cantidad de gente que haya en el listado nominal en los años que no haya comicios.

¿Cuánto vale una UMA?

La Unidad de Medida y Actualización la establece el Inegi. En 2016, cuando se formuló la iniciativa tenía un valor de $73.04. En este 2017, la UMA vigente es de $75.49.

¿Cuál sería el ahorro?

Con la fórmula anterior, se multiplicaron 43.82 pesos por los 87,244,921 integrantes del listado nominal. De acuerdo con el ejercicio del diputado, si la nueva fórmula se hubiera aplicado (47 pesos por número de votos válidos emitidos en 2015) el ahorro para Jalisco durante 2016, 2017 y 2018 hubiera sido de 556 millones de pesos.

Los cálculos del propio Kumamoto indican que si se hubiera aplicado la fórmula, con base en las cifras de votos válidos registrados en las elecciones federales pasadas, se podrían haber ahorrado unos dos mil 300 millones de pesos anuales a nivel federal.

¿El voto nulo tendrá ahora un impacto?

Sí, así como el abstencionismo, que ronda en un 50%. Cuando la gente vote en blanco o vote nulo, esos votos no forman parte del voto válido que se multiplica por la UMA, por lo tanto, se traduce en una reducción del financiamiento de los partidos.

¿Qué leyes regulan la asignación de recursos a los partidos políticos?

El artículo 41 constitucional, que establece el deber del Estado de garantizar la repartición equitativa de recursos para que los partidos lleven a cabo sus actividades.

Establece también los límites de las erogaciones de las campañas electorales y en los procesos internos de selección de candidatos.

Y la Ley General de Partidos Políticos, que regula las disposiciones para el financiamiento, tanto público como privado que puedan recibir los órganos políticos, nacionales y locales, así como las competencias de la federación y las entidades.

¿Cuándo comenzaría a aplicarse #SinVotoNoHayDinero?

En el 2018 se va a votar evaluando a los partidos políticos. En 2019, los partidos políticos van a recibir 70% menos de los recursos públicos de lo que recibían a nivel estatal, lo mismo ocurrirá en 2020 pero a partir de 2021 se realizará la operación de multiplicar 47 pesos, es decir, el 65% de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), por la cantidad de votos válidos emitidos que se hayan generado en 2018.

¿Cuál ha sido la respuesta en el Congreso de la Unión?

En febrero de este año, el diputado independiente Manuel Clouthier Carrillo, acompañado del legislado local Kumamoto, presentó en San Lázaro la iniciativa para ser discutida en el periodo ordinario.

En su momento, legisladores de Morena, Movimiento Ciudadano, PRD y PAN se pronunciaron a favor de la iniciativa. Sin embargo, se quedó “congelada”. Ya que no se desechó pero tampoco fue discutida.

Se debe destacar que son los mismos dirigentes de los partidos lo que tendrían que votar por la reducción de recursos.

¿Qué faltaría hacer para que se convierta en ley federal?

Se debe esperar a que los legisladores regresen al periodo ordinario de sesiones después de las elecciones de 2018, porque en este momento ya no se pueden modificar los temas electorales ya que la ley establece que las modificaciones deben realizarse en una plazo de tres meses de antelación a la fecha de arranque del proceso electoral, que sería el próximo mes de septiembre.

De aprobarse, debe pasar al Senado para su discusión y aprobación para después ser enviada al Ejecutivo federal y se publique en el Diario Oficial de la Federación.

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