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La reforma al Código Penal fue para “clarificar” el concepto de la legítima defensa, no se trata de un “cheque en blanco” expedido a los ciudadanos para privar de la vida a otra persona, sin ser procesados por homicidio, expresó el coordinador de la diputación local panista, Arturo Salinas Garza.
El artículo 17 del Código Penal de Nuevo León, establecía el beneficio de la legítima defensa, “al que causare cualquier daño a un extraño, a quien encontrare dentro de su hogar; en la casa en que se encuentra su familia, aun cuando no sea su hogar habitual; en un hogar ajeno que aquel tenga obligación de defender; en el local en que aquel tenga sus bienes, o donde se encuentren bienes ajenos que tenga obligación legal de defender, y el intruso ejerza violencia sobre las personas o sobre las cosas que en tales sitios se hallen".
Con la modificación aprobada el lunes por el Congreso local, se especificó que actuaría en legítima defensa “salvo prueba en contrario”, el que “causare cualquier daño, lesión o prive de la vida a otro…”
Arturo Salinas, asentó que antes el Código Penal no señalaba que se obtendrá el beneficio de la legítima defensa “salvo prueba en contrario”, es decir que esta causal de excepción implica que no es un cheque en blanco, el acusado de lesionar o matar a un intruso, tendrá que probar que actuó en defensa de su vida, su familia o de su patrimonio, “de lo contario tendrá que ser procesado por homicidio doloso como en cualquier otro caso”.
“La legítima defensa, no hace a la persona inocente de la comisión del delito, es un atenuante, una reducción, no te va a quitar el mote de que eres un homicida si privaste a alguien de la vida o le causaste lesiones; simplemente te da un atenuante de los años de cárcel, mi recomendación es que los que digan (que es una licencia para matar), vean la redacción del dictamen”, comentó el panista.
Argumentó que apoyaron la reforma, a propuesta del diputado del PAN, Marcos Mendoza Vázquez, porque hay casos de personas que han tenido que defender su patrimonio, y han terminado en la cárcel por más años que los propios delincuentes de los que se defendieron.
Dijo que por lo comentarios de las redes sociales, podría decir que “la gente se siente mucho más tranquila, y esto no quiere decir que va a empezar a brotar la violencia”.
La agrupación, Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos (Cadhac), expresó que en el estado actual del derecho internacional, no es problema el uso de la legítima defensa, incluso si eso provoca lesiones graves o la muerte del atacante.
Sin embargo, “en CADHAC cuestionamos y consideramos alarmantes las reformas realizadas al artículo 17 del Código Penal ya que el uso de la violencia letal debe ser solamente válida para defender la vida o integridad de la persona ante un ataque, lo cual ya estaba anteriormente estipulado” en el marco legal.
Nos preocupa que las nuevas reformas al artículo pudieran interpretarse como un permiso para matar a cualquier persona que entre a un hogar o negocio, e incluso que se pueda utilizar como una excusa para delinquir, precisó Cadhac.
Destacó que “los particulares no cuentan con la preparación necesaria sobre el uso adecuado de la fuerza, ni el entrenamiento para distinguir cuándo utilizar o dejar de utilizar un arma”, y permitir el uso de armas en hogares podría aumentar el riesgo de incidentes que pongan en peligro la vida de terceros.
Las modificaciones, en vez de promover certeza jurídica, promoverían el uso de justicia por mano propia y el incremento de la violencia. Además, dijo, representan una amenaza hacia el concepto de presunción de inocencia, lo cual resulta contrario a los derechos humanos y al estado de derecho.
Lejos de representar una solución integral ante los problemas actuales, estas medidas “demuestran incapacidad de las autoridades para cumplir con sus atribuciones, sobretodo en el combate contra la inseguridad”, expuso la asociación civil.
Finalmente, señaló que la violencia o atentar contra la vida de una persona “no es la solución para terminar con la delincuencia” y reiteró que corresponde al Estado, autoridad e instituciones judiciales asegurar la protección e impartición de justicia.
En el mismo sentido, el presidente de la Canaco de Monterrey, Jorge Emilio Garza Treviño, comentó que “las armas debe traerlas la policía, no podemos llegar a la ley del oeste en donde cada quien se defendía, creo que no es la posición que debemos de tomar, lo que sí insistimos es que la autoridad debe de protegernos y hacer su papel de estar vigilante de la comunidad”.
El diputado ex panista Angel Barroso, quien causó polémica al proponer que la Sedena abra en sus instalaciones en esta ciudad, una tienda para la venta de armas, a fin de que los ciudadanos puedan defenderse en sus hogares, precisó que no es para que los ciudadanos anden armados en las calles, “sino para que haya más seguridad en su casa”.
Argumentó que en en 2016, el secuestro aumentó 36 por ciento en la entidad, y todos los delitos aumentaron 17 por ciento en promedio. “Los ciudadanos tienen que defenderse por sí solos, ante la carencia de seguridad por parte de las autoridades”, agregó.
Expresó Barroso que de hecho esto no es nada nuevo, pues en 2011 la Sedena tenía registradas en Nuevo León 134 mil 294 armas,y ante la inseguridad este tendencia ha ido en aumento, pero principalmente de manera ilegal, sin cumplir con los requisitos que establece la Secretaría de la Defensa Nacional respecto al calibre, los seguros, y otras condiciones para poder obtener el permiso.
Y como la inseguridad tiene alarmada a la población, se modificó el Código Penal, para que ante una agresión en su casa, el ciudadano tenga la certeza de estar en su derecho de repeler una agresión con una agresión incluso más fuerte.
“Por eso estoy pidiendo a la Sedena que abra una tienda de armas en el norte del país, porque hoy sólo las vende en la ciudad de México; sería en la Séptima Zona Militar, bajo requisitos exhaustivos, para hacer uso de su legítima defensa.
“Serían calibres pequeños que pueden tener solo en su casa, ya está en el artículo 10 de la Constitución, que todos los mexicanos tenemos derecho a contar con una para la legitima defensa en la casa, y el artículo 17 de la ley federal de Armas de
Fuego, faculta a defenderse en la casa con un arma de pequeño calibre, si es de uso exclusivo del Ejército es un delito, y si la portas fuera de tu casa es otro delito aunque cuentes con permiso de posesión.
Además, expresó, el arma debe tener un seguro, y su poseedor estar capacitado para usarla, no es sencillo, no estamos proponiendo y no solucionar combatir la inseguridad con más armas.
Reiteró que el estado tiene el monopolio de la seguridad, y no quiere decir que renuncie a su tarea, sino que sea una llamada de atención.