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Registrar a un niño o niña con el apellido materno antes que el paterno es factible en la entidad, incluso sin la necesidad de orden judicial para ello, ya que el Código Familiar del Estado no establece orden para un registro ordinario.
A decir del titular de la Dirección del Registro Civil en Michoacán, Hugo Gama Coria, ya se han realizado en Morelia un par de solicitudes para registrar a menores con el apellido materno en primer lugar, a las cuales se les dio el trámite legal conducente.
Indicó, que estas peticiones se encuentran en este momento en estudio y análisis del marco legal en conjunto con la consejería Jurídica del Poder Ejecutivo, “con una clara visión de garantizar el derecho humano a la identidad y a la igualdad, basado en los principios de los derechos humanos establecidos en la Constitución Federal”.
El funcionario estatal, sostuvo que esta determinación deja en claro que en Michoacán las mujeres tienen los mismos derechos que los hombres, toda vez que se rompe con paradigmas establecidos de manera tradicional.
“Pero además coadyuva para que culturalmente se rompan conductas que no se ajustan al derecho a la igualdad”, agregó Gama Coria.
Referente al trámite, el director de la dependencia, informó que para poder registrar de esta manera a un menor, sólo es necesaria la petición ante cualquiera de los 227 oficiales del Registro Civil, “donde tendrán garantizada la filiación, pues en el registro y en el acta de nacimiento, quedarán debidamente establecidos los nombres de los padres, ello sin perjuicio del orden de los apellidos”, señaló el funcionario estatal.
Apenas el pasado 6 de julio, se realizó en el estado de Puebla el primer trámite de este tipo en el que Jessica Reinah Serrano registró a su hija con el primer apellido materno y el segundo, el del padre de la menor.
Lo anterior fue posible luego de que la joven madre obtuvo a su favor un amparo judicial, que a decir de las autoridades de Michoacán, no será necesario para esta entidad.
El proceso de la señora Reinah Serrano se realizó en el juzgado Quinto del Registro Civil en Puebla, hasta donde llegó el padre de la niña para otorgar su autorización y así, hacer valer el derecho constitucional de la madre, de él mismo y de la menor, indicaron autoridades poblanas.