Más Información
Sheinbaum critica a oposición por estar a favor de dichos de Trump; “parecen convervadores del siglo XIX”
Migrantes de otras nacionalidades deben de ser repatriados a sus países, no a México: Sheinbaum; “no los vamos a dejar solos”, dice
Sheinbaum ofrece a migrantes acceder a programas de Bienestar ante amenaza de Trump; no ha tenido “mayor comunicación”
Sheinbaum responde a Trump tras advertencia de declarar cárteles como organizaciones terroristas; “no hay que engancharse”, dice
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró obras y actividades en el bulevar "Miguel de la Madrid Hurtado", en Manzanillo, por invadir un área importante para el desove de la tortuga marina.
La dependencia detalló en un comunicado que el sitio clausurado se encuentra en un área contigua al litoral a la que arriba a desovar en forma paulatina la especie golfina, enlistada en la NOM-059-SEMARNAT-2010 en la categoría "En peligro de extinción (P)".
Esa superficie es de casi 400 metros cuadrados en la que se construía una casa-habitación de dos niveles sin la respectiva autorización en materia de impacto ambiental que emite la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
Durante una visita de inspección, se constató la construcción de una obra civil, consistente en bardas, trabes, castillos y losetas, con piso de arena en toda el área ocupada.
Debido a ello, la Procuraduría considera que existen elementos suficientes para la aplicación de medidas de protección al ambiente con daño a los recursos naturales y en cuya área fue eliminada la configuración natural de la línea de costa.
Advirtió que obras de este tipo generan crecimiento desordenado en la zona costera, con los consecuentes conflictos derivados por la competencia por el espacio, uso de recursos y la generación de contaminantes.
Lo anterior se traduce en pérdida del hábitat en zonas intermareales, playas, dunas o humedales, debido a la modificación de uso y características naturales del ecosistema, que conlleva a un más riesgo de los asentamientos humanos por desastre naturales.
La Profepa detalló que la medida de seguridad impuesta fue de conformidad con lo previsto por el artículo 170 fracción I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).
Además se le hizo del conocimiento al inspeccionado de las penas y sanciones a que podría hacerse acreedor, en caso que fuera quebrantado algunos de los sellos de clausura colocados por esta Autoridad Ambiental, de acuerdo al artículo 187 del Código Penal Federal.
spb