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La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló la elección para diputado federal por el Primer Distrito que corresponde al municipio de Jesús María, Aguascalientes, al considerar que el gobernador priista, Carlos Lozano de la Torre, influyó en la elección.
En su fallo, el Tribunal resolvió que se violaron los principios de neutralidad y equidad, pues el día de la jornada electoral, el gobernador se trasladó en un autobús de propiedad del gobierno estatal, junto con miembros de su gabinete y candidatos del Partido Revolucionario Institucional (PRI) a las diputaciones federales de los distritos 01 y 03, a varios centros de votación.
En consecuencia, con el voto a favor de dos magistrados y de uno en contra, la Sala Monterrey del TEPJF determinó revocar la Constancia de Mayoría del priista Gregorio Zamarripa Delgado, quien en el cómputo total de la elección del 7 de junio derrotó al panista Gerardo Salas Díaz.
El Tribunal Electoral estableció que debe convocarse a una nueva elección en el Primer Distrito, “para que los electores puedan expresar libremente sus preferencias”.
Los magistrados también determinaron dar vista al Instituto Nacional Electoral (INE) por las violaciones cometidas por los funcionarios públicos.
En la propuesta original del juicio de inconformidad SM-JIN-35/2015, realizada por el Magistrado Marco Antonio Zavala Arredondo, se proponía confirmar la entrega de la constancia de mayoría a la fórmula del PRI encabezada por Gregorio Zamarripa Delgado.
El magistrado ponente argumentó que, si bien el actuar del gobernador podía considerarse como una irregularidad sustancial, no podía calificarse como generalizada o determinante, pues, en todo caso, lo único que estaba demostrado era que acudió a un solo centro de votación de una sección, en cuyas casillas el candidato del PAN obtuvo una amplia mayoría.
En cambio, los Magistrados Yairsinio David García Ortiz y Reyes Rodríguez Mondragón, estimaron que si un servidor público con una investidura como la del gobernador viola los principios de equidad e imparcialidad, estas infracciones son, por sí mismas, sustanciales, generalizadas y determinantes. Esto es así pues las conductas que despliega tal servidor, frente a la ciudadanía, la opinión pública o los medios de comunicación, generan en su localidad un tipo de influencia mayor al de cualquier otro ciudadano, dada la relevancia y poder que dicho individuo tiene dentro de su comunidad.
La Sala Regional también declaró la nulidad de la votación recibida en cuatro casillas en la elección de diputados federales por el distrito 02 en Aguascalientes, Aguascalientes, y modificó los resultados en la resolución sobre la calificación de votos reservados, al no haber cambio en la ganadora, confirmó el triunfo de la fórmula del PAN encabezada por Arlette Ivette Muñoz Cervantes.
En su queja sobre la elección de Distrito 02, el PRI señaló que el Consejo Distrital no siguió el procedimiento previsto en la ley para la calificación de los votos reservados durante el recuento total. Solicitó también la nulidad de diversas casillas y de la elección pues estimó que la entonces candidata del PAN excedió el tope de gastos de campaña.
jlcg