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La prensa norteamericana denominó “juicio del siglo”, al proceso penal en el que fue enjuiciado Joaquín Guzmán Loera. Ello, es indicativo del enorme escrutinio público al que fue sometido el caso de El Chapo, así como la difusión que tuvo en Estados Unidos, México y en el resto del mundo. Durante el juicio declararon un número importante de testigos que hicieron acusaciones directas y el procesado fue encontrado culpable, estando pendiente la audiencia de sentencia. No es de extrañarse que los integrantes del jurado debiesen tener especial cuidado para mantener su imparcialidad y capacidad de emitir un veredicto en el caso seguido contra el mencionado narcotraficante.
Meses después del veredicto de culpabilidad de “El Chapo”, su equipo de defensa legal presentó una moción ante el juzgado de Nueva York, para solicitar la reposición completa del juicio, después de que, en una entrevista con Vice News, un miembro del jurado aseveró que sus compañeros tuvieron acceso a noticias y redes sociales sobre el caso que se encontraban deliberando. El aislamiento del jurado es obligatorio en los procesos norteamericanos, ya que podría afectar la imparcialidad y se constituye así, como una garantía procesal para el imputado. Esta garantía persigue un juicio justo, pero nunca puede ir más allá del fin supremo del proceso penal que es la justicia y la búsqueda de la verdad, y así lo reconoció el juez al resolver la moción.
Este importante procedimiento, que fue parte del espectáculo mediático armado por el gobierno norteamericano para justificar ante su pueblo su guerra contra las drogas y el crimen organizado, mientras nuestro país es el que paga el verdadero precio de esa lucha, nos lleva a dos reflexiones. La primera, queda demostrado que, para los jueces estadounidenses y en el sistema penal que asumimos, en materia de delincuencia organizada se debe privilegiar la protección a las víctimas, el interés de la sociedad y el conocimiento de la verdad sobre las garantías procesales de los imputados. La segunda, es que, gracias a ese juicio y su difusión mediática, nos hemos dado cuenta de la cantidad que por concepto de reparación del daño están reclamando los fiscales norteamericanos, y de la cual como país nos corresponde la mitad.
Lo resuelto por los jurados es válido, el juez rechazó la petición de la defensa el pasado 3 de julio. El Juez Cogan hizo constar que dos de los jurados afirmaron haber conocido superficialmente una noticia relevante del caso, pero subrayó que no fue afectada su capacidad de decisión, pues las noticias no se ocuparon de cuestiones sustantivas de fondo; mencionó la cantidad de pruebas abrumadoras de la participación del acusado en los delitos, que incluyó el testimonio de 14 testigos colaboradores, hizo notar la ausencia de evidencia respecto de comunicaciones prohibidas entre miembros del jurado, así como la presunción de que la mayoría del jurado se mantuvo fiel a su juramento, por lo que concluyó que no fueron violados los derechos constitucionales del acusado. El estudio comparado de casos entre Estados Unidos y México, respecto de reposición de juicio y violaciones procesales nos haría darnos cuenta de que no se debe privilegiar el proceso en sí, por encima de la verdad y la justicia. Muchos delincuentes dejarían de ser liberados por violaciones procesales.
En cuanto al segundo aspecto, una nota del New York Times de la semana pasada, difundió que los fiscales presentaron una solicitud de incautación en contra de “El Chapo”, en la que describen con gran detalle cómo transformó cantidades impresionantes de drogas en ganancias igual de sorprendentes a lo largo de los años. Según los fiscales, desde principios de la década de los noventa hasta su arresto en 2016, por manos de Guzmán pasaron casi 600 mil kilogramos de cocaína, 200 kilogramos de heroína y por lo menos 420 mil kilogramos de mariguana, todo esto con un valor aproximado de 12,666,181,704 de dólares.
Como lo mencionamos en entregas anteriores, no debemos soslayar la importancia que reviste la recuperación de los activos producto de actividades ilícitas y la obligación de reparación a las víctimas, que nacen y se fundan en el marco de la cooperación derivada de los tratados y acuerdos internacionales.
Sería oportuno que el gobierno mexicano iniciara las acciones legales ante las autoridades jurisdiccionales en los Estados Unidos, reclamando lo que a México y sus víctimas corresponde, quitándole así un importante elemento de presión y negociación que seguramente será utilizado por el gobierno norteamericano.
Consejero de la Judicatura Federal
2009-2014