Lo que no se mide, no se puede mejorar, y esto es lo que ha estado sucediendo en el sistema del combate al crimen organizado trasnacional. De inicio, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, conocida comúnmente como Convención de Palermo, señala que se debe constituir una conferencia entre las Partes para examinar periódicamente la aplicación de la Convención, sin embargo, hasta este mes, se carecía de mecanismos de seguimiento y evaluación, a efecto alcanzar la plena implementación de la Convención, lo que estaba amenazando su viabilidad.

Apenas, el pasado día 19 de este mes, la oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, en su noveno periodo de sesiones, anunció que, de manera unánime, había resuelto establecer un mecanismo para la revisión y aplicación de la Convención de Palermo y sus protocolos sobre trata de personas, tráfico de migrantes y tráfico ilícito de armas de fuego. Tuvieron que pasar quince años para que se tomara la decisión de adoptar un sistema de seguimiento y evaluación de la Convención de Palermo, para así medir su eficacia.

Desde el 13 de diciembre de 2002, México suscribió la Convención de Palermo y entró en vigor en nuestro país hasta el 29 de septiembre de 2003. Hay que recordar que desde hace más de veinte años, el 7 de noviembre de 1996, México expidió la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que resultó ser un instrumento jurídico innovador por abordar temas novedosos en materia de la lucha contra el crimen organizado transnacional, como la adopción de testigos colaboradores, reducción de penas a quienes lo hagan de esa forma, y ayuden a desmembrar grupos de delincuencia organizada, mayores penalidades a los que realicen funciones de administración dentro de un grupo delictivo, uso de técnicas de investigación, entre otras.

Para esos efectos aplica un nuevo sistema de evaluación de riesgos, el cual esperamos que la ONU implemente en materia de delincuencia organizada, y que sirva para obligar a los países Parte a cumplir y medir la aplicación de la Convención de Palermo, con consecuencias palpables por falta de su cumplimiento, como podrían ser el retiro de apoyo del Fondo Monetario Internacional, otras sanciones de tipo comercial y la negación de cooperación internacional en intercambio de información.

La Convención busca principalmente: que la definición del delito de “grupo delictivo organizado” se encuentre homologada en las legislaciones de cada país; que se penalice de manera uniforme el delito de blanqueo de dinero y el combate a la corrupción; que existan medidas eficientes para lograr el decomiso de bienes de manera preventiva y definitiva y que fueron utilizados por la delincuencia organizada; realizar investigaciones conjuntas entre países; aplicar técnicas especiales de investigación (entrega vigilada, vigilancia electrónica, operaciones encubiertas); asistencia y protección de víctimas y testigos; intercambio y análisis de información sobre la naturaleza de la delincuencia organizada; así como capacitación técnica entre los países parte.

El paso que está dando la oficina de la ONU contra la droga y el delito es determinante para conjuntar los esfuerzos y alinear las estrategias desagregadas de cada uno de los países, en el combate a la delincuencia organizada trasnacional. Para nuestro país, el nuevo mecanismo nos obliga a realizar cambios profundos en el actual sistema de lucha contra el crimen organizado, con el propósito de las próximas evaluaciones.

En primer lugar, se debe elaborar una estrategia real de combate y persecución a la delincuencia organizada y no solo planes operativos para mejorar la seguridad pública; en segundo término, es necesario recabar, organizar, sistematizar y hacer pública toda la información relativa a los resultados de la lucha contra los grupos delictivos organizados y transnacionales, misma que hasta ahora no se tiene; en tercer lugar, es necesaria la utilización real y generalizada de las técnicas especiales de investigación previstas por la propia Convención y por nuestra ley, para enjuiciar a los criminales de esos grupos organizados; y, por último, concretar la coordinación en las investigaciones e intercambio de información con otros países firmantes, en los cuales también operen los mismos grupos delictivos.

Es así que la implementación de ese mecanismo de evaluación tiene grandes repercusiones en nuestro país. Para cumplir con las obligaciones que nos impone ese acuerdo internacional, México tendrá que transformar sus instituciones de persecución del delito y procuración de justicia en instituciones eficientes, y eficaces, que utilicen los recursos tecnológicos actuales, además de modernizar nuestro marco normativo, para convertir la mal llamada guerra y el combate armado al crimen organizado en una verdadera persecución jurídica del delito, que culmine con la presentación de los criminales ante la justicia, y todo ello con absoluto respeto a sus derechos fundamentales.

Consejero de la Judicatura Federal de 2009 a 2014

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