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La inclusión de los derechos culturales en el artículo 13 de la nueva Constitución Política de la Ciudad de México es un paso importante, pero en términos sustanciales no hace grandes aportaciones y cae en la repetición innecesaria de diversos términos, consideran especialistas en legislación cultural.

En el inciso D de su artículo 13, titulado “Ciudad educadora y del conocimiento”, la Carta Magna que será promulgada este domingo 5 de febrero señala que “toda persona, grupo o comunidad gozan del derecho irrestricto de acceso a la cultura” y en seguida enuncia 10 derechos, entre los que están el de “elegir y que se respete su identidad cultural”, “conocer y que se respete su propia cultura”, “acceder al patrimonio cultural...” y “ejercer la libertad creativa, cultural, artística...”.

“Es tautología pura. En una Constitución basta con que se ponga de forma enunciativa y general, eso se tiene que desdoblar luego en las leyes secundarias y los reglamentos, pero no lo entendieron, quisieron meter todo el batiburrillo de ocurrencias”, dijo a este diario el analista cultural Carlos Lara.

Según el especialista, el que se incluyan los derechos culturales viene a afirmar lo ya dicho en el artículo 4to de la Constitución federal, pero opina que lo que realmente se requiere en esta ciudad es reforzar y respetar las leyes y reglamentos, como las que se refieren al patrimonio cultural. Lamenta que en el marco de la discusión de la nueva Constitución sigan abiertos casos como el de los daños a El Caballito o la demolición de la Octava Agencia de Policía en la Narvarte, que estaba catalogada por el INBA y cuya denuncia ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por “violación a los derechos culturales” no ha prosperado porque dicha instancia se niega a responder. “Por querer hacerlo perfecto y hermoso, no hacen lo posible. Y lo posible es el día a día, es decir, ¿cómo me van a garantizar esos derechos y que no seguirán derribando y alterando el patrimonio artístico, histórico?”, dice.

Cuestiona que se enlisten los derechos culturales a los que los capitalinos tienen acceso, ya que “son conceptos cambiantes y si los enmarcas en un catálogo los vas restringiendo”.

Por su parte, el especialista Carlos Villaseñor indica que si bien es un logro que los derechos culturales se incluyan por primera vez en una constitución local, anteriormente ya se ha incluido en otras legislaciones culturales de algunos estados de la República, por lo que no es del todo novedoso. “En 2004, en Coahuila tuvimos oportunidad de proponer la incorporación de los derechos culturales en la Ley de Desarrollo Cultural de allá; en la de Michoacán quedó un par de años después; la de Sinaloa también ya los garantiza”, dijo. La ventaja de que se incluya en la Constitución capitalina, añadió, es que “responde a la realidad jurídica y a las relaciones sociales que se establecen en la Ciudad de México”.

Prometen estímulos a la Ciencia. En el mismo artículo 13, en su inciso C, la Constitución política de la Ciudad de México garantiza “el acceso al desarrollo científico y tecnológico”, así como “el libre acceso, uso y desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación, la plena libertad de investigación científica y tecnológica, así como a disfrutar de sus beneficios”.

Uno de los elementos que resalta en este apartado es el que tiene que ver con el presupuesto que el gobierno de la Ciudad de México estará obligado a destinar al sector de la ciencia y la tecnología. De acuerdo con el texto, el gobierno capitalino deberá aportar una partida que “no podrá ser inferior a 2% del presupuesto de la ciudad”.

Sostiene que se elaborará un Programa de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación que será parte integral del Plan General de Desarrollo de la Ciudad de México, con una visión de 20 años. Este apartado aprobado el pasado 4 de enero por los integrantes de la Asamblea Constituyente también señala que “las autoridades impulsarán el uso de las tecnologías de la información y la comunicación. Habrá acceso gratuito de manera progresiva a Internet en todos los espacios públicos, escuelas públicas, edificios gubernamentales y recintos culturales.

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