Señor Director:
El martes 11 en la columna Espectro que publica Javier Tejado Dondé en la sección Cartera de EL UNIVERSAL, se refiere a Hogan Lovells BSTL, S.C., Entuizer, S.A de C.V. y Analysys Mason Limited, en su carácter de Auditor Externo contratado por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para supervisar al Agente Económico Preponderante en el sector de Telecomunicaciones (AEPT).
A lo largo de su colaboración el columnista, que es directivo de Televisa, cuestiona la probidad del Auditor Externo del concurso para supervisar al AEPT. Por tal motivo, nos vemos obligados a realizar las siguientes aclaraciones:
I. En lo que respecta a Hogan Lovells BSTL, S.C.:
(i) No impugnó, ni ha impugnado, las resoluciones del regulador contra Telcel / Telmex (de ningún tipo).
(ii) No representa ni ha representado al AEPT en ningún proceso de impugnación de resoluciones anteriores del regulador.
(iii) No tiene como clientes actuales a ninguna empresa que sea parte del AEPT.
II. En lo que respecta a Analysys Mason:
(i) No ha prestado servicios a Telcel ni a Telmex en México, ni en ningún otro país.
(ii) Participó como experto externo en un proceso de arbitraje en un caso de reversión de activos entre Comunicación Celular S.A. (Comcel), Telefónica y el Gobierno de Colombia, mismo que concluyó previo a la contratación como parte del consorcio que conforma al Auditor Externo.
III. En lo que respecta a Entuizer
(i) No tiene ni ha tenido como clientes a ninguna empresa que se parte del AEPT.
En concreto, el consorcio que conforma al Auditor Externo:
1. Participó de manera libre en el proceso de contratación pública correspondiente, bajo los mismos términos y condiciones establecidos para todos los participantes.
2. No tiene conflicto de interés alguno para actuar como Auditor Externo del AEPT.
3. Los miembros de su equipo, no representa, asesoran o fungen como gestores de ninguna de las empresas que conforman al AEPT.
4. Las empresas que lo conforman poseen una trayectoria reconocida a nivel internacional y un prestigio más allá de cualquier duda, con clientes como los reguladores de la Unión Europea (EC), Reino Unido (Ofcom), España (CNMC), Francia (ARCEP), Portugal (Anacom), Italia (Agcom), Dinamarca (NITA), Suecia (PTS), Holanda (OPTA), Singapur (MDA e IDA), Finlandia (Ficora), Noruega (NKOM), Irlanda (ConReg), Grecia (ETT), Australia (ACCC), Sudáfrica (GTAC), Colombia (CRC), Chile (Subtel), Brasil (Anatel) y Perú (Osiptel), entre otros.
Le solicitamos formalmente la publicación de la presente aclaratoria apelando al artículo 5° de la Ley Reglamentaria del Artículo 6°, párrafo primero, de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia del Derecho de Réplica.
Atentamente,
Juan Francisco Torres Landa Ruffo
Representante Legal del Auditor Externo
Respuesta del columnista:
Señor Director:
1.- Es público —y ha aparecido en varios servicios especializados en telecomunicaciones— que el despacho Hogan Lovells BSTL sí ha asesorado a las empresas arriba citadas. Claro que disfraza su respuesta al decir que no ha asesorado al “Agente Económico Preponderante”, pero esa calidad existió hasta marzo de 2014. ¿Antes de esa fecha, Hogan Lovells BSTL perdió sus registros y facturas? ¿Nos quiere decir que antes de marzo de 2014 no asesoró a ninguna empresa relacionada con Telcel/Telmex?
2.- En la “réplica” que envía, acepta que otra de las firmas de su consorcio —Analysys Mason— participó como experto en un arbitraje en Colombia, pero convenientemente omiten señalar tres elementos relevantes: i) que sí fueron contratados por la filial de Telcel en Colombia; ii) que el proceso jurisdiccional en cortes colombianas, bajo el expediente #4519, —contrario a lo que dice la “réplica”— no ha concluido y la resolución (laudo) está programada para el 25 de julio próximo; y, iii) que el tema es, entonces, cómo señalar —e incluso firmarle al IFT— que no hay conflictos de interés cuando el litigio en que ha sido experto para Telcel no ha concluido. ¿Por qué mejor no dice cuándo fue la última ‘asesoría’ en el proceso arriba señalado?
3.- Así, la pregunta sigue siendo: ¿hay un conflicto de interés entre regulador, regulado y los asesores de ambos? La respuesta debería venir del propio IFT, o de su contralor, no del consorcio que quiere mantener un contrato de 58.6 millones de pesos. Más ahora que otras de las empresas participantes han impugnado el cómo se le asignó dicha licitación al consorcio de Hogan Lovells BSTL-Analysys Mason.
Atentamente,
Javier Tejado Dondé
COMPROMISO CON LA PRECISIÓN
precision@eluniversal.com.mx
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