Telecom

IFT publica reglas para “renta” de espectro

Únicamente podrán ser objeto de arrendamiento las Bandas de Frecuencias, cuyos fines sean para uso comercial o para uso privado con propósitos de comunicación privada, previa autorización del instituto

30/03/2016 |07:46Carla Martínez |
Redacción El Universal
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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) publicó los lineamientos generales sobre la autorización de arrendamiento de espectro radioeléctrico, los que permiten a los concesionarios la renta del espectro a otras empresas.

De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la regulación entra en vigor este jueves 31 de marzo.

“Únicamente podrán ser objeto de arrendamiento las Bandas de Frecuencias, cuyos fines sean para uso comercial o para uso privado con propósitos de comunicación privada, previa autorización del instituto”, precisa el regulador

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Y menciona que el espectro radioeléctrico, materia de la solicitud de arrendamiento presentada al IFT, podrá comprender el total de las bandas de frecuencias originalmente concesionadas o sólo parte de ellas.

“Los interesados acordarán libremente la vigencia del contrato de arrendamiento, la cual no podrá exceder la vigencia de la concesión de espectro radioeléctrico del arrendador, ni la vigencia de la concesión única del arrendatario”, precisan los lineamientos.

Esta regulación genera un mercado secundario del espectro que se refiere a la transferencia entre particulares del derecho de uso del espectro radioeléctrico se conoce en el sector telecomunicaciones, a nivel internacional, como mercado secundario de espectro, señala el IFT.

tcm