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Sanciones y condiciones suspensivas de entre 4 millones y mil 500 millones de pesos se establecen en los títulos de concesión y contrato de Asociación Público-Privada (APP) del desarrollador de la Red Compartida.
No cumplir con compromisos de cobertura y tener influencia de terceros son algunas de causas que van a generar multas conforme al título de concesión para uso comercial de la Red Compartida Mayorista de Servicios de Telecomunicaciones y el título de concesión para usar, aprovechar y explotar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para uso comercial que otorga el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
“El organismo [promotor de inversiones en telecomunicaciones] podrá penalizar al desarrollador sin necesidad de previa declaración judicial, por cualquiera de las causas establecidas”, señala el contrato de Asociación Público-Privada.
Ernesto Piedras, director de The Competitive Intelligence Unit (CIU), comentó que estas sanciones son des-
incentivos para el posible inversor.
Subrayó que a licitación tiene diversos riesgos de quedarse vacante de financiamiento o que nadie utilice la Red cuando esté en operación y, adicionalmente, están las sanciones.
Jorge Fernando Negrete, presidente de la Asociación Mexicana del Derecho a la Información (Amedi), dijo que estas multas responden a que se trata de un reto muy grande donde la autoridad debe de demostrar que puede ser tan eficiente y cumplir como lo han hecho en otros países, por lo que calificó esas garantías como “hasta pequeñas”.
El contrato de APP menciona que por cada décima de punto porcentual no alcanzado de la meta comprometida en el calendario de despliegue, al momento de medición y por cada mes de retraso, hay una pena convencional de cuatro millones de pesos.
Cuando por causas atribuibles al desarrollador pierda vigencia la concesión mayorista o la Concesión de Espectro, se aplicará una pena convencional equivalente a mil 500 millones de pesos, siendo la multa más alta considerada en el contrato de APP.
Cuando la empresa desarrolladora incurra en alguna causal de rescisión que no tengan prevista una pena convencional, se aplica una multa equivalente a 500 millones de pesos.
Otras sanciones son las que van de 20 millones a 200 millones de pesos.
La pena convencional de 20 millones de pesos se aplica cuando no se proporcione la información o cualquier otro elemento para que el Organismo y Telecomm acrediten el cumplimiento de sus obligaciones ante las autoridades.