La Cofece

aseveró que si no se resuelven los problemas de fondo en la asignación de los horarios de despegue y aterrizaje en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), el nuevo aeropuerto capitalino nacerá con saturación.

El AICM el Congreso, el Ejecutivo y la Secretaría de Comunicaciones y Transporte (SCT)

deberán implementar una lista de 11 “medidas correctivas” que ordenó la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), por considerar que la operación de la terminal aérea es un insumo esencial cuyo manejo provoca la existencia de pocas aerolíneas, precios elevados y restricciones para la expansión de la oferta.

“Los horarios de despegue y aterrizaje… son insumo esencial, porque están hechas de tal manera que generan efectos anticompetitivos en el mercado, tarifas, precios elevados e ineficiencias en la operación del aeropuerto…pero no es un proceso de sanciones, es de corrección”, aseveró la comisionada presidente de la Comisión, Alejandra Palacios.

Como el AICM es origen y destino de dos terceras

partes de los pasajeros que realizan vuelos nacionales y un tercio de los internacionales, la Comisión determinó que deberán hacerse ajustes porque existe una falta de normas claras de operación, no se aplica efectivamente la normatividad vigente en lo que se refiere a asignación y supervisión de horarios de despegue y aterrizaje.

Se respetará el modo de operación de la aviación, la ley que le aplica, así como los derechos de las aerolíneas, pero se busca que se mejore la operación del Aeropuerto, porque si no se resuelven de fondo las fallas el nuevo aeropuerto de la CDMX “podría nacer saturado y trasladaría los problemas”, explicó Palacios.

“Si el AICM quisiera resolver el problema de fondo, lo que necesitaría es emitir bases para aeropuertos saturados”, lo que significa asignar horarios de despegue y aterrizaje con seis meses de anticipación, subastar los horarios disponibles, entre otras medidas.

Sin embargo, Palacios dijo que estas recomendaciones se hicieron con base a la situación del 2014 , y aunque ya se hicieron cambios desde ese año a la fecha, tras la emisión de la resolución previa, aún no se subsanan la totalidad de las medidas que se impusieron.

De no adoptar las medidas, el AICM podría tener una sanción equivalente al 10% de los ingresos acumulables anuales.

egm

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