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sara.cantera@eluniversal.com.mx
Con relación a las reformas a la Ley de Aviación Civil y a la Ley Federal de Protección al Consumidor que entraron en operación el martes, Volaris detalló que en vuelos internacionales seguirá cobrando la primera maleta documentada.
“En coordinación con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), mantendremos el apego a nuestra política comercial conforme a lo dispuesto por los tratados internacionales, tal como lo estipula el propio decreto, por lo que permaneceremos cobrando por la primera maleta documentada para aquellos clientes que viajen con equipaje”, comunicó Volaris.
Ayer, la Procuraduría Federal del Consumidor multó por 22.4 millones de pesos a Volaris, Interjet, Aeroméxico, Vivaerobus y JetBlue Airways, por realizar cobros indebidos por la primera maleta documentada en vuelos desde la Ciudad de México hacia Estados Unidos y Canadá.
Para vuelos nacionales, Volaris destacó que seguirán sin cobrar la primera maleta documentada de hasta 25 kilogramos, conforme a la reglamentación aplicable.
Respecto al resto de las modificaciones a la Ley de Aviación Civil, que comprenden compensaciones a los pasajeros por el retraso de los vuelos, Volaris indicó que le están informando a los pasajeros las causas de las demoras de vuelos y sus derechos.
Además, están en proceso de revisión de sus procedimientos y sistemas para adaptarse a la nueva Ley, dentro de un plazo de 90 días, que establece el propio Decreto, y están en constante comunicación con la SCT y la DGAC.
“Nuestro modelo de negocio está centrado en el cliente y nos enfocamos en ofrecer los precios más bajos a través de una tarifa limpia, facilitándoles la posibilidad de reducir el precio de su boleto al agregar o quitar servicios que complementen su experiencia de viaje”, apuntó Volaris.
Desde el martes, las aerolíneas que presenten retrasos en sus vuelos tendrán que compensar a los pasajeros de la siguiente manera: una indemnización mínima de 7.5% del valor del boleto en su próximo viaje cuando el vuelo registre una demora superior a dos horas e inferior a cuatro.
Si el vuelo se demora más de cuatro horas, quedará cancelado y los pasajeros podrán ser compensados con la devolución del monto total del boleto y una indemnización equivalente a 25% del valor del boleto.