La Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA) solicitó al gobierno federal demande ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) tomar acciones en contra de las modificaciones al Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE 034 que impide a ese país la importación de vehículos Tsuru de Nissan procedentes de México.
En lo que va del año, el gobierno ecuatoriano ha impedido la importación de unidades Tsuru por considerar que incumplen con las especificaciones de seguridad a las que se adhirió ese gobierno, cuya obligatoriedad es a partir de este año.
El Reglamento Técnico Ecuatoriano (RTE) establece los requisitos de seguridad que deberán cumplir los vehículos automotores con la finalidad de proteger la vida e integridad de las personas y el ambiente, y aplica a toda unidad que va a ingresar al parque automotor ecuatoriano, importados o ensamblados en el país.
Al respecto, el vicepresidente del Sector de la Industria Automotriz de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación (Canacintra), Salvador Saavedra Ceballos, dijo a Notimex que en 2014, Ecuador decidió adherirse a las reglas de seguridad que emite la Comisión Económica Europea (CEU).
Señaló que en ese nivel, las normas ecuatorianas piden ciertas características que el Tsuru no cubre, por lo que se dejó de exportar el modelo, al menos este año.
Explicó que la petición es que México argumente barreras arancelarias técnicas al comercio y que en ese país se reconozca la tendencia de Estados Unidos y no sólo la de Europa.
Según el Reglamento Técnico ecuatoriano, los vehículos automotores deben cumplir con los requisitos establecidos en la Reglamentación Técnica de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (Unece) 94.
Ello incluye lo relativo a la protección de sus ocupantes en caso de colisión frontal y lateral, como es el caso de bolsas de aire y sistemas mecánicos, entre otros, los frenos ABS, disposiciones con las que el Tsuru de Nissan no cuenta actualmente.
Las observaciones al RTE 034 “Elementos de seguridad en vehículos automotores” tienen que ver con fechas de implementación en el sentido de que “tomando en cuenta que a la fecha las modificaciones al reglamento técnico aún no han sido publicadas”.
Asimismo, abundó, como el hecho de que los modelos 2016 serán lanzados en el transcurso de 2015, es necesario que dichas disposiciones sean exigibles para los vehículos modelo 2018 que estarán siendo lanzados al mercado durante 2017”.
Esta solicitud se justifica en el hecho de que se requiere de cuando menos 24 meses para llevar a cabo las adecuaciones requeridas en los vehículos.
De esta forma, la AMIA considera que el gobierno ecuatoriano insiste en mantener su exigencia de certificación con base a las normas técnicas Naciones Unidas-Unece bajo el argumento que “los modelos más vendidos en América Latina han sido homologados bajo normas Naciones Unidas-Unece, por lo que los fabricantes conocen a detalle las mismas”.
Sin embargo, aclaró el dirigente, “en nuestro caso no se trata de desconocimiento de aquellos vehículos fabricados en México y que no se exportan a Europa pero sí a Ecuador, para los cuales ésta sería una medida discriminatoria, en caso de prevalecer este requerimiento, debido a que deberán certificarse únicamente con la metodología Unece”.
Demandó aprobar la propuesta de aceptar el proceso alternativo de “auto certificación” para otorgar validez a los reportes de pruebas realizados por el fabricante -reportes “in-house”-, como es el caso de Estados Unidos, Brasil, Argentina, Colombia, Chile y Uruguay, entre otros.
cfe