Más Información
¿Maíz transgénero? Rubén Rocha corrige desliz durante discurso en Sinaloa; destaca importancia del maíz blanco
Sheinbaum asegura apoyo total a Sinaloa para enfrentar violencia; "Nunca los vamos a dejar solos, aquí está la presidenta"
Dictan 600 años de prisión a "El Negro" Radilla y "El Cone"; responsables de secuestrar al hijo de Javier Sicilia
Familias de desaparecidos en Mazatlán irrumpen en evento de Sheinbaum; mandataria promete atender peticiones
Sheinbaum responde a Trump sobre declarar a cárteles como organizaciones terroristas; rechaza injerencia extranjera
noe.cruz@eluniversal.com.mx
Petróleos Mexicanos es susceptible de seguir enfrentando corrupción en la contratación de bienes y servicios en la nueva etapa de apertura y cambios emprendidos a raíz de la aprobación de la reforma energética. La Unidad de Control Interno Institucional, de la Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento de Pemex realizó una investigación para detectar posibles “riesgos” en su nueva relación con terceros a lo largo de la cadena de adquisiciones, contrataciones y administración de proyectos, y detectó 94 que pueden presentarse en los procesos de contratación de bienes y servicios.
Incluso, alerta sobre dos conflictos potenciales en materia de alianzas: la concertación de alianzas con “información suministrada por el proveedor de manera poco confiable e inoportuna, o por términos y condiciones de concertación de alianzas elaborados en forma desfavorable para la empresa”.
La mayor parte de estos riesgos tiene que ver con “decisiones o medidas indebidas para favorecer a un tercero en la adjudicación de contratos” durante el proceso de procura, mediante el cual la empresa gestiona los bienes, arrendamientos y servicios con terceros que satisfagan los requerimientos de la cadena productiva en las mejores condiciones para Pemex.
La información proporcionada vía el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), con fecha del 9 de noviembre de este año, reveló que los peligros detectados “fueron evaluados de acuerdo con el impacto que tendrían en el negocio, así como si éstos pueden ser manejados internamente o si se depende de instancias o regulaciones externas, en las cuales, la empresa no tiene poder de decisión”.
Los resultados obtenidos fueron clasificados en dos apartados: riesgos de corrupción inherentes del proceso de procura, y riesgos de operación inherentes del proceso de procura. En el primer caso se identificaron 30 riesgos de corrupción, de los cuales 12 son clasificados como de “alto impacto” y 14 de “medio impacto”.
Destacan como riesgos de alto impacto la información indebidamente divulgada intencionalmente sobre un proceso de adjudicación para beneficiar a un tercero; propuestas técnicas o económicas modificadas intencionalmente en fechas posteriores para favorecer a un tercero; contrato adjudicado indebidamente para favorecer a un tercero, y condiciones del contrato modificadas intencionalmente para favorecer a un tercero.
Además, fianzas o garantías que no cumplen con las condiciones establecidas y aceptadas de manera indebida e intencional para favorecer a un tercero; fianzas por calidad o vicios ocultos no aplicadas intencionalmente para favorecer a un tercero; obra no ejecutada y pagada intencionalmente para favorecer a un tercero; procedimiento de recisión no ejecutado de manera indebida e intencional para favorecer a un tercero, o bienes o servicios aceptados intencionalmente sin cubrir las condiciones pactadas (especificaciones, cantidad, plazos y grado de especialización de inspección) para favorecer a un tercero.
Entre los riesgos de corrupción de medio impacto destacan la solicitud o necesidad de bien o servicio dirigida intencionalmente para favorecer a un tercero; modelo de contratación manipulado intencionalmente para favorecer a un tercero, y bases o condiciones de compra elaboradas intencionalmente para favorecer a un tercero.
Otros en la misma categoría son trabajos adicionales no requeridos y autorizados intencionalmente parea favorecer a un tercero; ajustes de precios aplicados de manera indebida e intencional para favorecer a un tercero; anticipo no amortizado de manera indebido e intencional para favorecer a un tercero.
En cuanto a los riesgos de operación inherentes del proceso de procura, se identificaron 64 en total, de los cuales 33 son de alto impacto, 27 de medio impacto y sólo 4 fueron considerados de bajo impacto.
Dos de estos posibles conflictos tendrían que ser resueltos por instancias externas a la empresa productiva del Estado, uno de ellos relacionado con “información para concertación de alianzas suministrada por el proveedor de manera poco confiable e inoportuna”.
Destacan en esta primera clasificación riesgos de alto impacto como el modelo de contratación elaborado sin apegarse a la normatividad vigente; bases de contratación y convocatoria generadas sin contar con los requisitos claros, objetivos, que limiten la participación; evaluación económica realizada a pesar de no haber acreditado los requisitos establecidos en las bases de contratación, y cotización revisada sin observar los requisitos establecidos.
Asimismo, se incluyen el proveedor o contratista seleccionado sin contar con las capacidades; convenio modificatorio elaborado sin la justificación requerida; contrato elaborado con información incorrecta, y arrendamiento, bienes, servicios u obra recibidos sin cumplir con los requerimientos solicitados.
En este apartado los riesgos medios identificados son requerimientos de contratación definidos de manera inconsistente respecto de las necesidades de la empresa; programa anual de adquisiciones elaborado sin considerar las recomendaciones de los grupos colegiados (entre ellos, los consejeros profesionales), e información del proveedor verificado de manera inadecuada en el proceso de evaluación.
Además, programación de eventos y actos realizados de manera inadecuada: compras de emergencia recibidas diferentes a lo solicitado; reclamo de pago o adeudo solicitado de manera inoportuna, incompleta o deficiente, e información para concertación de alianzas suministrada por el proveedor de manera poco confiable e inoportuna, entre otros.
En la información obtenida a través del Inai, la petrolera señala que el objeto de Pemex como empresa productiva del Estado es maximizar el valor del petróleo y sus derivados para México, y ser la firma más competitiva de la industria petrolera mexicana y referente internacional. Esto implica una nueva forma de organización orientada a la generación de valor, con un gobierno corporativo sólido y eficaz que dé seguridad a los inversionistas y terceros, y que sirva como marco de actuación para prácticas de negocio sanas y de alta productividad.
Por ello, “Pemex se ha dado a la tarea, como parte de esta nueva estrategia, de identificar los riesgos inherentes que podrían ser susceptibles de materializarse en los diferentes procesos de la empresa”.
En este sentido, los riesgos inherentes del proceso de procura y abastecimiento encontrados fueron evaluados de acuerdo con el impacto que tendrían en el negocio, así como si estos pueden ser manejados internamente, o si se depende de instancias o regulaciones externas, en las cuales, la empresa no tiene poder de decisión, indica la información.