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cartera@eluniversal.com.mx
El SAT pospuso dos meses el inicio de las auditorías electrónicas debido a que no cuenta con toda la información necesaria para comenzar la revisión que va a marcar un precedente en América Latina, dijo el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
Se tenía previsto originalmente que las auditorías iniciaran en junio y van ser hasta agosto, precisó la presidenta del IMCP, Leticia Hervert.
Sin embargo, ello no descarta que haya más amparos contra esta nueva forma de revisión. Pues pueden surgir adicionales a los que se interpusieron cuando entró en vigor la reforma hacendaria.
Hervert explicó que los nuevos recursos legales pueden presentarse hasta 15 días después de que la empresa o contribuyente reciban en su buzón tributario un aviso.
Dijo que el SAT había anunciado que en el segundo semestre se iban a llevar a cabo entre 7 mil y 10 mil auditorías electrónicas, que durarían menos tiempo de entre dos y tres meses y que se van a sumar a las 25 mil revisiones tradicionales que realiza el órgano y que tardan hasta dos años.
Checa tú buzón. Hervert consideró que al parecer las autoridades fiscales no tienen toda la información de las empresas que inicialmente presentaron un amparo y la correspondiente a comprobantes fiscales por internet, así como de la balanza para hallar algún indicio que les dé la pauta para la revisión.
Ello a pesar de que el sistema está listo operativamente hablando, porque pueden hacer el cruce de datos para las discrepancias fiscales, mientras tanto siguen con el procedimiento tradicional en las auditorías.
“Una auditoría puede detonarse cuando la autoridad fiscal nota alguna irregularidad luego de que revisó la contabilidad y los comprobantes fiscales digitales por internet, y determina que existen ciertas omisiones de impuestos, en tal caso procederá a notificar al contribuyente a través del buzón tributario”, explicó.
Tras la notificación de que será sujeta de una revisión electrónica y el monto que se considera por la omisión, el SAT manda un mensaje por el buzón y el contribuyente ve en línea la resolución. Entonces tiene como alternativos aceptar y pagar en línea o aclarar la situación y presentar las pruebas que si no son aceptadas, la defensa es el amparo.