La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) logró que se reactivara el buzón tributario que había sido suspendido por órdenes de un juez como parte de un recurso legal que se interpuso en contra de la contabilidad electrónica.

La decisión beneficia a miles de contribuyentes que acudieron al juzgado en busca de amparo, afirmó.

Consideró que esta resolución brinda certidumbre jurídica a los pagadores de impuestos que se ampararon sólo en contra de la contabilidad electrónica, ya que obtienen seguridad de que el buzón tributario quedará habilitado para otras operaciones que no fueron materia del amparo, como solicitudes de devolución de impuestos y certificaciones en materia de comercio exterior, entre otros.

Además también le da certeza jurídica al Servicio de Administración Tributaria (SAT) respecto del alcance específico que debe dar a la medida cautelar concedida por los jueces de distrito, destacó la defensora de los contribuyentes.

Hay que recordar que, según datos de la Procuraduría Fiscal de la Federación, de los 90 mil amparos que se interpusieron en contra de la reforma hacendaria 23% correspondieron a la contabilidad electrónica y en algunos casos se incluía también el buzón tributario.

“Con esta determinación de los jueces de Distrito, sobre todo del segundo juez de Distrito, se determinó que ahora solamente se concedió la suspensión únicamente para el efecto de que los quejosos que acudieron al amparo no envíen la contabilidad electrónica a través del buzón tributario, pero esto no implica que las demás operaciones que tengan que mandar a través de este medio de comunicación con la autoridad también quedan suspendidas”, aclaró al respecto la subprocuradora de Asesoría y Defensa del Contribuyente, Verónica Nava.

Por el contrario, la funcionaria matizó que con esta medida cautelar los jueces precisaron que esta suspensión es solamente para la contabilidad electrónica.

La Prodecon por eso reconoció la sensibilidad del Poder Judicial de la Federación para precisar el alcance de la suspensión que el propio juez había concedido contra la contabilidad electrónica, ya que inicialmente en los casos defendidos por la ombudsperson fiscal, y en otros múltiples presentados por los contribuyentes, se pidió tan sólo que se suspendiera el envío de la contabilidad electrónica.

Recordó que la suspensión otorgada inicialmente por los dos jueces de distrito que conocieron de estos amparos abarcó todo el uso del buzón tributario por parte de los contribuyentes, varios de los cuales acudieron a la Procuraduría para quejarse de tal situación.

Sin embargo, a petición de la Prodecon, el juez Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región del Distrito Federal modificó su auto de suspensión provisional para permitir el uso del buzón tributario y suspender únicamente el envío mensual de su contabilidad electrónica.

El buzón tributario fue creado a raíz de la reforma hacendaria, en la cual el Congreso de la Unión aprobó que fuera el medio de comunicación entre el fisco y el SAT.

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