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Un juzgado federal ordenó a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) impedir el ingreso de papa fresca proveniente de Estados Unidos por constituir un riesgo latente a la biodiversidad y ante el potencial riesgo de propagación de 63 plagas cuarentenarias en detrimento del campo mexicano.
Además el mandato del juzgado incluye inaplicar dos artículos del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal por inconstitucionales.
Al resolver el amparo 586/2016, la autoridad jurisdiccional determinó que las autoridades responsables han actuado con omisión al incumplir la sentencia dictada previamente por este órgano en un amparo colectivo, en la que se prohibió el ingreso de papa fresca procedente del vecino país del norte, por constituir un riesgo latente a la biodiversidad y contaminación del suelo por la probable propagación de al menos 63 plagas cuarentenarias que contiene el tubérculo.
El Consejo de la Judicatura Federal subrayó en boletín que a más de un año de la emisión de la primera sentencia, las medidas implementadas como barreras fitosanitarias tanto en el Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal como en la Teoría de Enfoque de Sistemas no mitigan riesgo alguno y son contrarias al análisis del riesgo efectuado por el órgano científico de la SAGARPA, el Consejo Nacional Consultivo Fitosanitario (CONACOFI).
A pesar de que previamente productores de la zona norte de Sinaloa promovieron el amparo colectivo, erl juez se corroboró que las autoridades actuaron con pleno conocimiento de que el Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal contiene las mismas disposiciones anteriormente señaladas de inconstitucionales, y que derivaron en la derogación del Acuerdo de Mitigación por resultar totalmente inoperante contra la dispersión de dichas plagas el 19 de marzo de 2014.
cg