Las ventas de los alimentos preparados gravados con el 16% de IVA en las tiendas Oxxo, la división comercial de FEMSA, tendrán un impacto marginal porque el impuesto ya se cobraba, aseguraron analistas.

El área de Análisis y Estrategia Bursátil de Banorte-Ixe estimó que las ventas de dichos productos representan menos de 2% en los números de Oxxo.

“Consideramos que esta noticia tendrá un impacto marginal en las cifras consolidadas de la compañía”, aseguró, al sugerir a los inversionistas mantener sus acciones de FEMSA, empresa regiomontana que cotiza en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), cuyo precio por acción se calcula será de 155 pesos al finalizar el año.

Ante la aclaración que hiciera el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de que todos esos alimentos deben pagar 16% de IVA y están exentos del 8% del impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) que se aplica a la comida chatarra, Banorte-Ixe consideró que la noticia tendrá para la emisora una implicación neutral.

Grupo Financiero Monex coincidió en que menos del 1.5% de las ventas de Oxxo se verán afectadas por el impuesto, debido a que la mayoría de los productos que están dentro de la categoría considerada como comida rápida, como los hot dogs “Vikingo”, O’Sabor y el café Andatti, ya pagaban IVA.

Por lo mismo, reiteró la recomendación de mantener la inversión en la en estos papeles, ya que se espera que al cierre de año tendrán un precio de 147 pesos.

“Por el momento mantenemos sin cambios nuestros estimados de crecimiento, por lo que no hacemos cambios en nuestro PO y recomendación”, informó en un reporte.

En días pasados, el SAT aclaró que las tiendas de conveniencia y minisúpers, así como autoservicios y otros establecimientos, deben cobrar el 16% del impuesto al valor agregado (IVA) a alimentos preparados que no se consumen en el mismo lugar.

Se trata de alimentos como los burritos, chapatas, pepitos, hamburguesas, gorditas, quesadillas, tacos, flautas y sándwiches, emparedados, baguettes, subs, tortas, paninis, sushi, hot cakes, sopas instantáneas, alitas, molletes y tamales, entre otros.

Aunque la Ley del IVA así lo establece, muchos establecimientos y tiendas de conveniencia o de cercanía, autoservicios y áreas de fast food en centros comerciales, no estaban aplicando el gravamen a los consumidores al pensar que no son restaurantes.

En muchos de estos establecimientos se venden productos que en algunos casos se encuentran refrigerados, pero ponen a disposición de los clientes los instrumentos o utensilios para su calentamiento.

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Noticias según tus intereses