El pasado lunes 19 de febrero, el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, el Colegio Nacional de Magistrados y Jueces de Distrito del PJF y la Secretaría de la Función Pública organizaron el Seminario sobre el nuevo procedimiento de responsabilidad administrativa.

Durante este encuentro académico, cuyo anfitrión fue Pedro Salazar Ugarte, Director del IIJ, se revisó críticamente el nuevo procedimiento establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, LGRA, (conocida popularmente como la ley 3 de 3) destacándose las características siguientes:

El enfoque garantista a favor del presunto responsable de la comisión de una falta, la distinción entre faltas graves y no graves, que produce que haya un procedimiento diferente para cada una de ellas, la judicialización de la facultad disciplinaria del Estado en las faltas graves, el otorgamiento del interés jurídico al denunciante de un posible acto de corrupción y la complejidad de los recursos para combatir los actos del nuevo procedimiento.

La Secretaria de la Función Pública, la Maestra Arely Gómez González, que inauguró los trabajos, mencionó que ya se había integrado un grupo de trabajo en el seno del Comité Coordinador del Sistema Nacional de Anticorrupción para la revisión integral de la LGRA, con el fin de ajustarla con base en la experiencia de su instrumentación, que arroja, por ejemplo, la necesidad de crear una defensoría pública independiente en esta materia. Asimismo, destacó la importancia de capacitar a los servidores públicos para la aplicación correcta del nuevo procedimiento.

El Subsecretario de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas, Lic. José Gabriel Carreño, explicó algunas inconsistencias en la regulación de la prescripción y la novedad de incluir la caducidad de la instancia y destacó la importancia de que los tribunales federales determinen el alcance de la Ley.

El Coordinador General de Órganos de Vigilancia y Control, el Maestro Christian Noe Ramírez, explicó la forma de recibir y valorar las pruebas en el nuevo derecho disciplinario e hizo énfasis en que la judicialización de éste exige que haya una mejor integración de los expedientes que se turnarán al TFJA, que es la autoridad resolutora en las faltas graves y así elevar la efectividad en el fincamiento de responsabilidades, cuando existan conductas que lo ameriten.

El Director General de Responsabilidades y Situación Patrimonial, el Maestro Erick Parra Correa, expuso la complejidad de los artículos transitorios de la ley y la forma en que se han interpretado estos con un enfoque favorable a la protección de los derechos humanos. Asimismo, comentó el sentido de las primeras sentencias del TFJA, que permitirán afinar los criterios para la aplicación de la ley.

Los Magistrados del PJF Jean Claude Tron Petit y Germán Baltazar Robles compartieron, desde la perspectiva académica, algunas consideraciones sobre el procedimiento. El primero expuso la técnica de valoración de pruebas e invitó a utilizar la inferencia con base en los hechos probados fehacientemente y con ello romper con el reduccionismo que implica limitarse a lo evidente. El segundo destacó la complejidad de probar una falta administrativa más allá de la duda razonable y cuestionó la exigibilidad jurídica de los códigos de ética, lo que puede afectar el castigo de la corrupción. Además, alertó sobre las consecuencias negativas de interpretar el principio pro persona para justificar que los jueces otorguen más derechos a aquellos considerados en las leyes aplicables vigentes.

El Doctor Daniel Márquez Gómez, investigador el IIJ, y el Magistrado Gustavo Esquivel Vázquez del TFJA insistieron en la importancia de la capacitación a los operadores del sistema nacional anticorrupción debido a las exigencias de la nueva ley. El Magistrado hizo énfasis en el cambio de paradigma y el reto que representa para todos los involucrados superar las malas prácticas en la valoración de los hechos y las pruebas, así como en la argumentación por falta de objetividad.

Finalmente, el Ministro Alberto Pérez Dayán destacó que la nueva legislación modifica sustancialmente la forma de intervención de los jueces en esta facultad disciplinaria. El TFJA antes sólo anulaba actos de autoridad y ahora será la instancia que juzgue el fondo de las faltas graves lo que es una operación jurídica que requiere otras habilidades profesionales que hay que desarrollar. Por otro lado, comentó que existe la propuesta de especializar a los tribunales colegiados en materia administrativa del primer circuito para que conozcan en forma exclusiva de los asuntos de responsabilidades.

Estos actos académicos demuestran que la promulgación de una ley no es suficiente para provocar un cambio. Es indispensable generar, primero, políticas públicas en torno a ella que permitan su aplicación en las mejores condiciones con una interpretación homogénea de los órganos gubernamentales competentes para ello, pero con base en la crítica de la academia. Y luego, se deben multiplicar los espacios de difusión sistemática de su contenido para normalizar su aplicación. El intercambio de ideas y la confrontación de visiones son el camino para que en el menor tiempo posible el sistema nacional anticorrupción rinda los primeros resultados y el fincamiento de responsabilidades sea más efectivo y justo.

Profesor de El Colegio de México
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