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En casi una década, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) corrigió 33.9% de las resoluciones en materia de acuerdos administrativos, reglamentarios y multas que fueron tomadas por el Instituto Federal Electoral (IFE) y su sucesor, el Instituto Nacional Electoral (INE).

De acuerdo con la estadística de casos del TEPJF, en el periodo comprendido entre noviembre de 2006 y mayo de 2016, ha recibido 10 mil 500 impugnaciones, juicios electorales o ciudadanos, en los que los recurrentes cuestionaron la legalidad de las decisiones tomadas por el INE y el IFE.

EL UNIVERSAL publicó el pasado 2 de mayo que recientemente los asuntos en los que el TEPJF ha tenido que emitir sentencias para corregir determinaciones del INE preocupan a especialistas en materia electoral.

La estadística del TEPJF revela que se ha modificado una tercera parte de las decisiones tomadas por el organismo electoral —sea en su Consejo General o en sus Juntas Locales y Consejos Distritales— y por tanto, sus acuerdos fueron revocados o declarados inválidos.

En cambio, el pleno del TEPJF ha confirmado 66% de las decisiones tomadas entre el 1 de noviembre de 2006 al 3 de mayo de 2016, en que se recibieron 4 mil 401 casos contra el IFE y 6 mil 99 contra el INE.

El “panorama mayoritario”, según el TEPJF, es que las posturas de ambos institutos electorales y del tribunal son coincidentes, y el diseño del sistema electoral mexicano prevé que las resoluciones de la instancia administrativa electoral sean revisadas por el órgano jurisdiccional.

De acuerdo con el TEPJF, ha habido “coincidencia sustancial” con el INE en temas vinculados con la organización de procesos electorales, por ejemplo, en paridad de género, el proceso de credencialización desde el extranjero o la designación de consejeros de Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES) de 12 entidades.

Otros casos. De 10 mil 500 casos recibidos por el TEPJF, 5 mil 61 asuntos fueron analizados a fondo y resueltos, pero 5 mil 439 se desecharon, fueron sobreseídos o se tuvieron por no presentados por incumplir requisitos.

La mayor parte de los atendidos son recursos de apelación (RAP), que son los que se interponen para revertir acuerdos del Consejo General u órganos del instituto. De 2 mil 976 casos, en mil 201 el TEPJF le dio la razón plena a los recurrentes.

En mil 334 de esos asuntos se dio la razón al IFE-INE, al confirmarse sus resoluciones, mientras que en 441 casos se le dio sólo de manera parcial.

Le siguieron en número de casos los juicios para la protección de los derechos políticos del ciudadano (JDC), que son los que se interponen para defenderse ante resoluciones relacionadas con el derecho a votar y ser votado, a integrar órganos electorales o en casos en los que se reclaman derechos de asociación y afiliación libre a partidos o agrupaciones.

Los impugnantes tuvieron éxito en 376 de mil 276 casos. En 823 asuntos se dio la razón plenamente al criterio tomado por el INE-IFE, y en 77 ocasiones se le dio sólo parcialmente.

En número de recursos presentados le siguieron los juicios promovidos para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores públicos del INE (JLI).

En total hubo 167 asuntos de esa naturaleza: en 66 ocasiones se confirmó totalmente la determinación de los consejeros, en 46 solamente se les dio la razón de manera parcial y en 55 ocasiones se revocó el criterio del organismo electoral.

El tercer tipo de impugnaciones más frecuentes atendidas por el TEPJF son los recursos de revisión del Procedimiento Especial Sancionador (REP), que son los que se promueven para rebatir resoluciones de quejas y sanciones vinculadas con campañas políticas y propaganda.

El TEPJF ha resuelto 230 casos de este tipo, en los que ha confirmado un total de 133 decisiones del IFE-INE, en 22 recursos le ha dado la razón de manera parcial; no obstante, en 75 más los ha revocado.

También se han resuelto 19 solicitudes de ejercicio de la facultad de atracción de la sala superior (SFA), en 16 casos se ha confirmado pero en tres se revocaron las decisiones.

En cuanto a recursos de reconsideración (REC), es decir, los que tratan de revertir la asignación de diputados y senadores plurinominales, o bien, rechazan resoluciones de Salas Regionales sobre resultados electorales, de 32 casos recibidos, en 30 se confirmó el criterio del instituto y solamente dos fueron invalidados.

Riesgos. El pasado 2 de mayo este diario publicó un reportaje en el que analistas advirtieron los riesgos de una pugna entre el INE y el TEPJF.

“Es muy preocupante, porque no genera certeza sobre la organización y conducción de los procesos electorales”, opinó Luis Carlos Ugalde, ex presidente del IFE (hoy INE).

“El INE perdió la gran oportunidad de posicionarse como promotor de la democracia al no retirar el registro al Partido Verde. Le temblaron las corvas. No es lo mismo meterse con Morena que meterse con el PVEM”, consideró Eduardo Huchim, experto en temas electorales.

Pablo Javier Becerra Chávez, investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), dijo que “esto es natural, por la distinta formación de los órganos colegiados”.

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