La temporada de , que corresponde al ejercicio fiscal 2023, está en su recta final, y si formas parte de los contribuyentes que ya cumplieron con esta obligación fiscal, entonces te interesará saber cuál es el procedimiento para la devolución de tu saldo a favor y qué hacer en caso de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) por alguna razón no te lo reintegre.

Para empezar, esta facilidad administrativa aplica para todas las personas físicas, quienes pueden ejercer su derecho a obtener la que está formulado en la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, artículo 2, fracción II.

De acuerdo con el órgano recaudador de impuestos, "cuando tengas saldo a favor podrás solicitar las devoluciones que te correspondan. Esto ocurre cuando al efectuar el cálculo de tus impuestos, resulta que pagaste más de lo que debías, por lo que puedes solicitar ante el SAT que te sea devuelta la cantidad".

Para ello, el SAT ofrece la opción de recibir el saldo a favor automáticamente, no obstante, existen una serie de requisitos que debes tomar en cuenta para que puedas hacer valer tu derecho:

Lee también:

  • Señalar la opción de devolución en la declaración anual del ejercicio.
  • Presentar la declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable, según corresponda, conforme a lo siguiente:
  1. Si el saldo a favor es igual o menor a 10 mil pesos, puedes presentar la Declaración anual con Contraseña.
  2. Si el saldo a favor es mayor a 10 mil y no excede de 150 mil pesos, podrás presentar tu declaración anual con Contraseña, siempre y cuando selecciones una cuenta CLABE activa a 18 dígitos ya precargada en el aplicativo, misma que deberá estar a nombre del contribuyente. En caso de capturar una cuenta CLABE distinta a las precargadas, deberás presentar la declaración utilizando la e.firma o la e.firma portable.
  3. Si el saldo a favor es de 10 mil uno a $150 mil pesos, la declaración anual se presentará utilizando la e.firma o e.firma portable.
  • Señalar un número de cuenta CLABE a 18 dígitos, ésta deberá estar activa y a nombre del contribuyente como titular, así como la denominación de la institución integrante del sistema financiero a la que corresponda dicha cuenta, para que, en caso de que proceda el importe autorizado en devolución sea depositado en la misma.
  • La cuenta CLABE es única por contribuyente, es decir, no puede ser manifestada por ningún otro contribuyente.

El órgano fiscal aclara que "si el saldo a favor de la declaración anual excede de 150 mil pesos, no podrás aplicar la facilidad de solicitar tu devolución en forma automática, sin embargo, podrás solicitar la devolución del saldo a favor a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED)".

Lee también:

¿Qué hacer si el SAT no te devolvió tu saldo a favor?

En caso de que hayas cumplido con tu declaración anual de impuestos, para el ejercicio fiscal 2023, y el SAT no te haya resarcido el monto concerniente al que declaraste, la recomendación para estos casos es registrar las inconsistencias a través del .

Es importante tener a la mano tu RFC y Contraseña para el acceso al Portal, así como tu e.firma para generar la solicitud de devolución vía el Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

En suma, si sólo recibiste una parte de lo que declaraste y no la cantidad total, el SAT indica que el saldo autorizado "podrá ser parcial cuando exista diferencia en la información correspondiente a retenedores, gastos deducibles o estímulos". Mas puedes solicitar la devolución del remanente de tu saldo a favor, ingresando al portal del SAT y completando el Formato Electrónico de Devoluciones.

Únete a nuestro canal ¡EL UNIVERSAL ya está en Whatsapp!, desde tu dispositivo móvil entérate de las noticias más relevantes del día, artículos de opinión, entretenimiento, tendencias y más.

rtd/mgm

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Comentarios

Noticias según tus intereses